El aval del Supremo a que Hacienda inspeccione ejercicios prescritos concretos es un duro golpe a la seguridad jurídica de los contribuyentes
Expertos en Derecho tributario analizan la sentencia del Alto Tribunal de abril del 2025, que confirma que se pueden investigar ejercicios fuera de plazo

Con el fallo dictado por el Tribunal Supremo el pasado mes de abril, la Agencia Tributaria puede inspeccionar ejercicios prescritos, pero no levantar actas. (Imagen: RTVE)
El aval del Supremo a que Hacienda inspeccione ejercicios prescritos concretos es un duro golpe a la seguridad jurídica de los contribuyentes
Expertos en Derecho tributario analizan la sentencia del Alto Tribunal de abril del 2025, que confirma que se pueden investigar ejercicios fuera de plazo

Con el fallo dictado por el Tribunal Supremo el pasado mes de abril, la Agencia Tributaria puede inspeccionar ejercicios prescritos, pero no levantar actas. (Imagen: RTVE)
El Tribunal Supremo (TS) ha abierto la caja de los truenos al respaldar a la Agencia Tributaria, en una sentencia de 2 de abril de la que ha sido ponente el magistrado José Navarro Sanchís —que hace un voto particular en contra del fallo—, sobre la posibilidad de inspeccionar años prescritos sin límite en el tiempo si las operaciones realizadas por los contribuyentes entonces sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.
La Sala Tercera fija en este fallo que el fisco puede inspeccionar años prescritos si las comprobaciones son necesarias en aras de conocer sus efectos sobre años no prescritos. Para ello, el TS hace alusión a una anterior sentencia de hace un año (11 de marzo de 2024), en la que ya sentó doctrina por un caso similar al concluir que la modificación que se hizo en la Ley General Tributaria en 2015 amplió la potestad de la Administración para realizar comprobaciones de forma retroactiva o hacia atrás. Un fallo judicial que ha abierto el debate en nuestro país sobre la imprescriptibilidad de la Agencia Tributaria.
Expertos en fiscal consultados por Economist & Jurist muestran su preocupación por estos dos fallos judiciales que abren la puerta a que Hacienda recalifique negocios jurídicos en cualquier momento, lo que sería un duro golpe a la seguridad jurídica de los contribuyentes, como señala el magistrado Navarro Sanchís en su voto particular, donde indica la necesidad de establecer límites al poder del regulador fiscal en este tipo de situaciones.
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