Suspensión de ejecución de resoluciones judiciales en vía de amparo constitucional
Suspensión de ejecución de resoluciones judiciales en vía de amparo constitucional
El artículo 56 de la LOTC dispone que la Sala que conozca de los recursos de amparo suspenderá el acto impugnado cuando su ejecución hubiera de causar perjuicio que hiciera perder al amparo su finalidad; y que podrá denegar la suspensión cuando se produzca perturbación grave de los intereses generales. Diversos procesos de amparo…
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