Un «pantallazo» no es suficiente para acreditar el pago de una cantidad dineraria
La AP de Madrid razona que, impugnado el documento, y sin ningún otro elemento probatorio del que deducir el desembolso, “no puede tenerse por acreditado el pago”
(Foto: E&J)
Un «pantallazo» no es suficiente para acreditar el pago de una cantidad dineraria
La AP de Madrid razona que, impugnado el documento, y sin ningún otro elemento probatorio del que deducir el desembolso, “no puede tenerse por acreditado el pago”
(Foto: E&J)
La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado que no es suficiente para acreditar el pago de una indemnización a un asegurado el «pantallazo» aportado por la compañía aseguradora.
La sentencia, de 11 de noviembre de 2022, da la razón al asegurado y le absuelve de abonar a la entidad aseguradora más de 3.000 euros.
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