Cabe incluir a un individuo en el fichero de morosos aun cuando el dinero que se le solicitó al principio no coincide con lo anotado en el registro
Según el Supremo "el requerimiento previo de pago no es una foto fija", por lo que el cambio de cantidad es indiferente en el hecho de que existe una deuda pendiente
(Imagen: E&J)
Cabe incluir a un individuo en el fichero de morosos aun cuando el dinero que se le solicitó al principio no coincide con lo anotado en el registro
Según el Supremo "el requerimiento previo de pago no es una foto fija", por lo que el cambio de cantidad es indiferente en el hecho de que existe una deuda pendiente
(Imagen: E&J)
No constituye ningún tipo de vulneración incorporar a un individuo en un fichero de morosos aún cuando la cifra que se le solicitó en el requerimiento previo de pago terminó siendo distinta a la que finalmente se incluyó en el registro. Así lo ha considerado el Tribunal Supremo después de desestimar los recursos de un hombre que, disconforme con su inclusión en un fichero de morosos, había demandado Carrefour Pass por presuntamente vulnerar el principio de calidad del dato, recogido en el artículo 38.1 a) del Real Decreto 1720/2007.
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), el demandante fue incluido en un fichero de solvencia patrimonial en abril de 2020, después de que la entidad Servicios Financieros Carrefour S.A. le instara a devolver todas sus deudas. Mediante carta, la compañía le había informado en diciembre de 2018 que debía alrededor de 2.400 euros. Cifra que se vio reducida en julio de 2019, cuando el deudor ingresó en su cuenta corriente de la entidad unos 1.200 euros. Sin embargo, un año más tarde fue incluido igual, pese a no recibir ninguna otra notificación de deuda con el pago actualizado.
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