La exención del IIVTNU en el concurso de acreedores: una necesidad legal y económica
Desde Bergadà Abogados abogamos por una reforma que adapte nuestra legislación a las necesidades reales de las empresas y particulares en situación de insolvencia
(Imagen: E&J)
La exención del IIVTNU en el concurso de acreedores: una necesidad legal y económica
Desde Bergadà Abogados abogamos por una reforma que adapte nuestra legislación a las necesidades reales de las empresas y particulares en situación de insolvencia
(Imagen: E&J)
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), coloquialmente conocido como la plusvalía municipal, es un tributo que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos urbanos desde su adquisición hasta su transmisión.
Aunque este impuesto tiene una función recaudatoria importante para los municipios, en algunos supuestos su aplicación resulta injusta e incluso contraproducente desde el punto de vista económico y social.
Este artículo pretende argumentar por qué todas las realizaciones en el marco de un concurso de acreedores deben estar exentas del IIVTNU, no sólo las daciones en pago y las ejecuciones forzosas.
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