Alquileres entre familiares: ¿Hacia una tributación presunta y discriminatoria?
La medida presentada por el Gobierno incluye una presunción de ingresos mínimos a declarar cuando el arrendatario es un familiar

(Imagen: E&J)
Alquileres entre familiares: ¿Hacia una tributación presunta y discriminatoria?
La medida presentada por el Gobierno incluye una presunción de ingresos mínimos a declarar cuando el arrendatario es un familiar

(Imagen: E&J)
El Gobierno de España ha presentado recientemente una proposición de ley que, bajo el pretexto de fomentar el alquiler a precios asequibles, introduce modificaciones sustanciales en el tratamiento fiscal de los arrendamientos entre familiares.
Esta medida, impulsada por el PSOE, incluye una presunción de ingresos mínimos a declarar cuando el arrendatario es un familiar hasta el tercer grado, lo que genera serias dudas sobre su constitucionalidad y equidad tributaria.
La reforma propuesta
Actualmente, el artículo 24 de la Ley 35/2006, del IRPF, permite que el rendimiento del capital inmobiliario se calcule a partir de los ingresos efectivamente percibidos por el arrendador, deduciendo determinados gastos (IBI, reparaciones, seguros, etc.). Cuando el alquiler se realiza a familiares, Hacienda puede intervenir si detecta que el precio pactado es artificialmente bajo, pero debe justificar dicha revisión.
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