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Noticias Jurídicas

La multa millonaria a Glovo y Delivery Hero abre la puerta a reclamaciones de terceros por daños y perjuicios

Ambas plataformas reconocen que hicieron un cártel para repartirse el mercado y no agredirse mutuamente, lo que ha perjudicado a sus competidores, restaurantes y consumidores

Las plataformas Glovo y Delivey Hero han sido multadas por la Comisión Europea por prácticas anticompetitivas. (Imagen: Glovo for Partners)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




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La multa millonaria a Glovo y Delivery Hero abre la puerta a reclamaciones de terceros por daños y perjuicios

Ambas plataformas reconocen que hicieron un cártel para repartirse el mercado y no agredirse mutuamente, lo que ha perjudicado a sus competidores, restaurantes y consumidores

Las plataformas Glovo y Delivey Hero han sido multadas por la Comisión Europea por prácticas anticompetitivas. (Imagen: Glovo for Partners)

La Comisión Europea ha anunciado este lunes una multa de 329 millones de euros a Glovo y Delivery Hero por violar las reglas de competencia de la Unión Europea con prácticas abusivas como el intercambio de información sensible, pactos para no contratar empleados de la otra firma o repartirse los mercados dentro del espacio económico europeo.

Bruselas sitúa el inicio del cártel entre dos de las principales marcas del sector del reparto de comida a domicilio en julio de 2018, cuando Delivery Hero adquirió una parte minoritaria de Glovo, y establece que las prácticas dejaron de ser punibles en julio de 2022, cuando Delivery pasó a tener el control total de la compañía española.



La Comisión les acusa de haber retirado “progresivamente” durante ese periodo de cuatro años las “restricciones competitivas” que existían entre las dos empresas para reemplazarlas “por una coordinación anticompetitiva de múltiples capas”.

Por ello, los servicios comunitarios imponen una multa de 223,2 millones de euros a Delivery Hero y otros 105,7 millones a Glovo, tras aplicarles un 10% de reducción en la sanción por reconocer su participación en el cártel y asumir la responsabilidad.

En concreto, la Comisión castiga tres infracciones, incluidas las cláusulas recíprocas para impedir que una compañía reclutara personal de la otra firma; un pacto que inicialmente abarcaba unas categorías concretas de empleados pero que después se fue ampliando también hasta tener un impacto generalizado sobre casi la totalidad de la plantilla.

El segundo campo de infracción tiene que ver con el intercambio de información sensible como políticas de precios, estrategias de venta, costes o capacidad de producción, con el objetivo de “alinear” sus dinámicas y poder así “influir” en los mercados europeos de la distribución de comida a domicilio.

Finalmente, la tercera práctica que Bruselas castiga por abusiva se refiere a los acuerdos para dividirse los mercados nacionales de la venta online de alimentos en el Espacio Económico Europeo (EEE), incluido evitando la entrada de la otra en sus respectivos mercados nacionales o coordinando la entrada en otros en los que hasta ese momento ninguna de las dos tenía presencia.

Ribera avala las multas

La decisión marca un precedente porque nunca antes la Comisión Europea había encontrado un cártel en el mercado laboral. También ha sido la primera vez que ha sancionado el uso anticompetitivo de una participación minoritaria en una empresa rival, cuestión que los expertos consultados por este medio la señalan como ingeniosa y que es previsible que los reguladores de competencia europeos y nacionales estén más pendientes de ello.

Lo que hace que la Comisión investigue es el carácter transfronterizo de la posible infracción. En este caso, y a diferencia de otros cárteles, según las investigaciones de los técnicos de Bruselas, el reparto del mercado se hacía por países, uno de los temas novedosos de este asunto.

Teresa Ribera, vicepresidenta ejecutiva para la Transición Limpia, Justa y Competitiva, considera que la sanción es importante porque estas prácticas “se facilitaron mediante un uso anticompetitivo de la participación minoritaria de Delivery Hero en Glovo”. Del mismo modo, considera que a causa de estas infracciones “las empresas dejan de competir por el mejor talento y reducen las oportunidades para los trabajadores”.

La vicepresidenta y Comisaria de Competencia Teresa Ribera, avala esta multa con sus declaraciones. (Imagen: Comisión Europea)

El organismo comunitario justifica la sanción en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y  el artículo 53 del Acuerdo Espacio Económico Europeo (EEE). Ambos prohíben los acuerdos y prácticas comerciales restrictivas que puedan perjudicar el comercio o limitar la competencia en territorio europeo.

La inspección, que se realizó durante los meses de junio del año 2022 y noviembre del 2023, y sin aviso, fijó sus trabajos en una posible colusión en el sector Delivery y comenzó a raíz de un ejercicio de seguimiento de mercado. En principio, parece que los reguladores como la CNMC no entrarán en estos temas pese a que recibieron alguna denuncia.

Un cartel distinto a los demás

Albert Poch, socio de competencia del despacho Redi Abogados, profundo conocedor de la problemática de los cárteles, indica a Economist & Jurist que “lo que tiene de innovador ese asunto, a diferencia de otras prácticas anticompetitivas, es la ingeniosa forma de implementación que tiene. En síntesis, supone que dos competidores de este sector, donde uno adquiere una participación no significativa en Glovo. Sin embargo, hay acuerdos vinculados a esa participación relevante que en la práctica tienen unos efectos enormes, además de no captarse empleados entre ellas”.

En su opinión, “de las tres cuestiones que se presentan como infracción, esta de los trabajadores es la más irrelevante. Sin embargo, lo más importante es que hay un intercambio de información desde el punto de vista comercial como precios o costes, e incluso estrategias comerciales. Eso es lo impactante, así como la decisión de repartirse los mercados geográficos. Aquí se trata de ser lideres en el mercado, algo que no es sencillo. Al final si eres líder genera un impacto para potenciales competidores y para los consumidores muy grandes”.

Albert Poch advierte de lo ingenioso del cártel a partir de la toma de participación de una empresa y otra. (Imagen: Redi Abogados)

Este jurista recuerda que ambas empresas son las lideres de un mercado como es el de la plataformas de reparto a domicilio: “Las dos empresas se han ido a otros países y en esos mercado podrían haber competido, sin embargo, su estrategia ha sido repartir el mercado antes de que Delivery Hero se quedase con Glovo. Lo que hace es actuar como si fuera una empresa y eso distorsiona el mercado y que esa competencia no se produzca realmente”.

Para este experto es posible que las denuncias generadas en distintos países, entre ellos España por su actividad laboral, donde se les acusaba de tener falsos autónomos, lo que ha generado denuncias en la CNMC y en los tribunales por falta de competencia, hayan servido a la Comisión Europea para iniciar ese expediente sancionador. Al final en ese acuerdo poco relevante entre Delivery Hero y Glovo había otras condiciones relevantes como las que estamos analizando.

Poch aclara que “cuando la Comisión Europea abre un caso de este tipo siempre acaba en algún tipo de sanción. Estos asuntos pueden acabar de conformidad o de no confirmad. En concreto este expediente acaba con conformidad, lo que supone la reducción de la multa en un 10% y una consecuencia importante que no habrá recurso. El fallo es firme. Estas empresas tendrán que pagar las multas y todos los afectados pueden reclamar daños y perjuicios por vía judicial. Hablamos de competidores, restaurantes que han pagado comisiones hasta los consumidores que pagaron de más”.

Un golpe duro para estas plataformas

Para Adrián Todolí, abogado y profesor del departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la UV, uno de los expertos más conocidos en plataformas digitales en nuestro país, cree que el propio funcionamiento de estas empresas, ahora sancionadas por la UE, “daban apariencia que podría haber cierto reparto de mercados. En el caso de Deliveroo, en el 2019 se va de Alemania al no conseguir primeros puestos en ventas, luego en España sale a finales del 2021. Eso podría dar la sensación que se repartían el mercado”.

A su juicio, lo que viene a decir la resolución de la Comisión Europea y sus servicios de competencia es que “esto ha pasado en los casos de Glovo y Delivery Hero, la empresa alemana. Como  que se hubieran puesto de acuerdo para no competir entre ellas en las diferentes jurisdicciones en las que coincidían. Esto es perjudicial para los consumidores, sobre todo porque tienen menos opciones de compra, y al mismo tiempo para los trabajadores porque de esa forma tenían menos empresas a las que postularse si quieren trabajar. El efecto directo es sobre los salarios y las opciones de empleo que pudiera generar”.

En opinión de este jurista, el acuerdo entre firmas, que suponía una toma de participación de la una en la otra, ocultaba otros propósitos de repartirse el mercado. “Al mismo tiempo, en este caso hay un acuerdo estratégico entre ambas empresas para no captarse trabajadores. De nuevo esta iniciativa perjudica las posibilidades de ascenso y de mejoras salariales de estos profesionales. En esta situación cualquiera de las dos empresas multadas no podía contratar trabajadores de la otra compañía con este acuerdo suscrito entre ellas. De nuevo es otra medida que perjudica a estos trabajadores”.

Adrián Todolí cree que habrá otras empresas y terceros que podrán reclamar por daños y perjuicios. (Imagen: cesión propia)

Como señalaba el otro experto, Albert Poch, “dicha multa deja abierta la puerta a que terceros perjudicados por esta práctica anticompetitiva puedan reclamar por daños y perjuicios en la vía judicial: “Ahora mismo lo que se abre es una acción individual o privada de daños por competencia. Todo aquel perjudicado por este cártel puede reclamar los daños y perjuicios que haya sufrido. Es el caso de los propios trabajadores de las compañías, tanto las implicadas como otras, ante la falta de aumentos de sueldo, restaurantes o consumidores entre otros como afectados de este acuerdo”.

Para este experto, las empresas de plataformas han estado controladas bastante en nuestro país. En opinión de Todolí es posible que alguna denuncia por alguna mala práctica laboral haya generado que la Comisión Europea haya abierto una investigación, “de hecho se habló en su día de que el modelo de autónomos que planteaban estas plataformas era muy desleal al no pagar Seguridad Social ni vacaciones, ni salario mínimo, hasta que distintos fallos judiciales los regularizaron en nuestro país. La primera denuncia que Glovo recibe es por una empresa en Barcelona por competencia desleal”.

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