La empresa puede prohibir el acercamiento entre el autor y la víctima de trato discriminatorio por razón de sexo
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana avala la decisión empresarial impuesta como medida cautelar para garantizar la seguridad de la víctima
(Imagen: E&J)
La empresa puede prohibir el acercamiento entre el autor y la víctima de trato discriminatorio por razón de sexo
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana avala la decisión empresarial impuesta como medida cautelar para garantizar la seguridad de la víctima
(Imagen: E&J)
El objeto del presente artículo es analizar desde la perspectiva del Derecho Laboral la necesidad de protección de las víctimas cuando el autor, que había sido despedido disciplinariamente por faltas graves de respeto y trato discriminatorio por razón de sexo, es readmitido en la empresa al ser declarada la improcedencia del despido sin modificación de hechos probados.
La sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana (disponible en el botón ‘descargar resolución’) confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Castellón, que consideraba que la medida impuesta por la empresa, basada en una medida cautelar de prohibición de coincidencia para garantizar la seguridad de la víctima, no vulnera el derecho fundamental a la libertad sindical, recogido en el artículo 28 de la CE, tanto en su vertiente individual como colectiva.
El caso enjuiciado por la Sala de lo Social, y que ha sido defendido por el despacho Tudón Abogados, que ha asistido a la empresa, trae causa de un procedimiento de despido previo en el que el trabajador, que reúne ambas condiciones (presidente del Comité de empresa y delegado sindical) fue despedido disciplinariamente tras instruirse procedimiento de acoso por haber violentado e intimidado a una compañera de trabajo durante unas mediciones higiénicas llevadas a cabo en el centro de trabajo.
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