El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, un órgano vital para el funcionamiento del Tribunal
La necesidad de una regulación y una mejora de sus condiciones profesionales, acorde con sus atribuciones y la alta formación de sus miembros

La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló, defendió en la apertura del año judicial unas mejores condiciones laborales para los juristas que integran el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. (Imagen: Poder Judicial)
El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, un órgano vital para el funcionamiento del Tribunal
La necesidad de una regulación y una mejora de sus condiciones profesionales, acorde con sus atribuciones y la alta formación de sus miembros

La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló, defendió en la apertura del año judicial unas mejores condiciones laborales para los juristas que integran el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. (Imagen: Poder Judicial)
«Concretamente, en lo que se refiere al Tribunal Supremo, hemos reclamado de forma constante la regulación de su Gabinete Técnico. Así lo ha pedido por última vez la Sala de Gobierno el pasado 10 de junio. La Ley 7/2015, que modifica la del Poder Judicial, establecía el plazo de un año para su regulación. Y pasados más de 10 años, se sigue incumpliendo el mandado legal, que es vital para el funcionamiento del TS.»
Con estas palabras, pronunciadas en presencia de Su Majestad el Rey y otras altas autoridades del mundo de la Justicia en el solemne acto de apertura del año judicial, celebrado el pasado 5 de septiembre, la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, D.ª Isabel Perelló se refirió al Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.
El Gabinete Técnico tiene una ya dilatada historia de más de 40 años, pues fue creado por el Real Decreto 489/1985, de 2 de abril, como un órgano de asistencia a la Presidencia del Tribunal Supremo.
La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial, dio un definitivo impulso al Gabinete; introdujo una nueva regulación más detallada de su composición y funciones, en concreto en los artículos 61 bis a 61 sexies de dicha Ley Orgánica del Poder Judicial.
En dichos preceptos se determina que el Gabinete Técnico asistirá a la Presidencia y a sus diferentes Salas en los procesos de admisión de los asuntos de que conozcan y mediante la elaboración de estudios e informes que se le soliciten; también prestará apoyo a las Salas especiales en el despacho de asuntos que les estén atribuidos.
El Gabinete Técnico está integrado por un director, un letrado de la Administración de Justicia y por miembros de la Carrera judicial y otros juristas que ostentan la denominación de letrados del Gabinete Técnico; en la actualidad conforman la plantilla no solo miembros de la Carrera Judicial y Fiscal, sino también letrados de la Administración de Justicia, catedráticos y profesores de universidad, letrados de las comunidades autónomas, miembros del Cuerpo Jurídico Militar, técnicos de la Administración y otros altos funcionarios.
En el Gabinete existen tantas áreas como órdenes jurisdiccionales y en cada área podrá existir una sección de Admisión y otra sección de Estudios e Informes. Los letrados prestan sus servicios en las diferentes áreas atendiendo a su especialización profesional. También asisten a las diferentes Salas especiales existentes en el Tribunal Supremo.
El trabajo diario de los letrados se centra, básicamente y sin perjuicio de otras muchas funciones, en el examen, estudio y propuesta de admisión o inadmisión de los recursos de casación de los diferentes órdenes jurisdiccionales, elaborando propuestas de resolución. Además, el Gabinete Técnico elabora los informes que le encomienda cada una de las Salas y confecciona la Crónica Jurisprudencial del Tribunal. En la actualidad, y debido a la altísima pendencia de asuntos, una parte del Gabinete Técnico, formada por letrados de refuerzo, colabora activamente con las Salas en la fase de decisión de los recursos.
Además de estas labores jurisdiccionales, en el Gabinete Técnico también se integran una serie de departamentos de carácter instrumental que colaboran en el ejercicio de las funciones de asistencia que le son propias, contribuyendo, además, al correcto funcionamiento general del Tribunal Supremo. Dependen del Gabinete departamentos como el Registro General, la Oficina de Traducción, Departamento de Informática, Reprografía o la Biblioteca del Tribunal.
También cuenta con un cuerpo de funcionarios de la Administración de Justicia, que colaboran con los letrados en el trabajo diario.
La gran mayoría de los letrados del Gabinete Técnico están asociados a la Asociación de Letrados del Tribunal Supremo, asociación que representa y defiende los derechos e intereses de los letrados y las letradas del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo de España; con un ámbito de actuación a nivel nacional, la ALTS trabaja activamente en la mejora de las condiciones profesionales, la promoción y la formación continua de sus miembros, con el fin de poner en valor su desempeño fundamental en la consecución de la excelencia del sistema judicial español. En este sentido, uno de sus objetivos estatutarios es contribuir al estudio y difusión de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (más información).
La importante labor desempeñada por el Gabinete Técnico es indudable, de ahí la mención concreta a su carácter vital para el Tribunal Supremo, realizada por la Sra. presidenta en el pasado acto de apertura del año judicial 2025/2026 y la necesidad de una regulación y una mejora de sus condiciones profesionales, acorde con sus atribuciones y la alta formación de sus miembros.
