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Jurisprudencia

La Justicia frena a Endesa: no puede reducir el descanso mínimo legal de los trabajadores por urgencias internas

Todo el tiempo de trabajo efectivo, sea ordinario o extraordinario, debe generar descanso

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Jurisprudencia

La Justicia frena a Endesa: no puede reducir el descanso mínimo legal de los trabajadores por urgencias internas

Todo el tiempo de trabajo efectivo, sea ordinario o extraordinario, debe generar descanso

(Imagen: E&J)

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado a Unión Eléctrica de Canarias, S.A.U. (más conocida como Unelco), empresa de la multinacional Endesa, por no respetar el descanso mínimo diario entre jornadas de sus trabajadores en los centros que la empresa tiene en Canarias.

La Sala de lo Social estima así, parcialmente, la demanda sobre conflicto colectivo formulada por el Sindicato Independiente de la Energía (SIE) contra la empleadora, al considerar que la actuación empresarial que venía dándose, de reducir el descanso mínimo legal de los trabajadores a 8 horas entre turnos por necesidades del servicio, es ilegal. Pues, Unelco-Endesa no respetaba el descanso mínimo 12 horas de los trabajadores, obligando a los mismos a reincorporarse con solo 8 horas de descanso tras jornadas de 16 horas cuando se daban urgencias internas.

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