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Jurisprudencia

Indemnizada con 5.000 euros una TCAE que sufrió represalias en el trabajo por denunciar cambios en las condiciones laborales

La trabajadora fue trasladada de su puesto tras haber denunciado una serie de infracciones llevadas a cabo de por la Dirección de Enfermería

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Indemnizada con 5.000 euros una TCAE que sufrió represalias en el trabajo por denunciar cambios en las condiciones laborales

La trabajadora fue trasladada de su puesto tras haber denunciado una serie de infracciones llevadas a cabo de por la Dirección de Enfermería

(Imagen: E&J)

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana a indemnizar con 5.000 euros, en concepto de daños morales, a una técnica en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE) que fue trasladada de puesto de trabajo tras quejarse de unos cambios de condiciones laborales.

La Sala de lo Social considera que dicho traslado fue una represalia por la discrepancia manifestada por la trabajadora en representación suya y de otras compañeras de trabaja del mismo área en el que prestaban servicios en un hospital. Y al tratarse de una represalia, se ha vulnerado el derecho a la indemnidad de dicha TCAE, de ahí que deba ser indemnizada con la cuantía de 5.000 euros por los daños y perjuicios que le causaron como consecuencia de dicho traslado.

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Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), la actora denunció por escrito a la Dirección y Gerencia del hospital en el que trabaja una serie de infracciones llevadas a cabo de por la Dirección de Enfermería. Concretamente en el escrito denunciaba, junto con cinco compañeras más —siendo la actora portavoz de todas ellas—, que por parte de la Dirección de Enfermería se había procedido a realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de la plaza fija que ostentaban por haber accedido a ella por una promoción interna, y que sin motivación, de forma arbitraria, y sin seguir los cauces legales, esto es mediante una promoción interna, se pretendía esa modificación de las condiciones de trabajo.

Pocos días después de haber presentado esa denuncia escrita, la Dirección de Enfermería del hospital reaccionó comunicando a la trabajadora que iba a ser trasladada de su puesto de trabajo del Servicio de Quirófano —puesto que consiguió por medio de adjudicación por concurso oposición hace más de 16 años— y sería destinada a un área diferente, Servicio de Medicina Interna, con turnos diferentes.

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(Imagen: E&J)

El traslado ha vulnerado la garantía de indemnidad de la TCAE

La Dirección de Enfermería defendía que ese traslado no era consecuencia de una represalia por la denuncia presentada, sino que el traslado se debía a que una TCAE del Servicio de Consultar Externas se había jubilado y era necesario adaptar una TCAE del Servicio de Medicina Interna y como la actora había participado con anterioridad en el Servicio de Medicina Interna, se acordó su traslado por ser la misma conocedora del funcionamiento y de la dinámica del servicio. Por tanto, el traslado se fundamentó en criterios objetivos.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Valencia ha considerado que “sí existe una panorama indiciario suficiente para avalar la afirmación de que el traslado fue una represalia por la expresada discrepancia de la demandante y otras compañeras, esto es, su protesta ante el anunciado cambio de condiciones de prestación del Servicio en Quirófanos por parte de la actora y las otras TCAEs que ocupaban sus puestos de trabajo en el mismo”.

Para la Sala de lo Social es evidente que la reacción de la Dirección de Enfermería trasladando de puesto de trabajo a la TCAE fue una “actitud claramente de represalia en vulneración de la garantía de indemnidad” por la denuncia que ésta efectuó. Y a tal conclusión han llegado los magistrados teniendo en cuenta la cercanía en el tiempo entre la denuncia y la comunicación de traslado.

Igualmente, el Tribunal rechaza la justificación de la Dirección de Enfermería de que el traslado de la trabajadora se debía a criterios objetivos al tener ésta experiencia previa en el Servicio de Medicina Interna cuando había otras 42 TCAEs que habían estado en ese servicio. Y, además, los magistrados reseñan en la sentencia que “el Servicio de Medicina Interna era más gravoso desde el punto de vista asistencial para las TCAEs”, que el Servicio de Quirófano.

Por consiguiente, se aprecia vulneración de la garantía de indemnidad de la actora y por ello se le debe reconocer una indemnización por los daños y perjuicios morales que le causaron como consecuencia del traslado que se produjo vulnerando su derecho a la indemnidad; indemnización que se ha procedido a fijar en 5.000 euros.

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