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Jurisprudencia

Cuando el contribuyente incremente su riqueza deberá probar ante Hacienda de dónde procede el dinero, cómo se obtuvo y por qué

El Tribunal Supremo fija como doctrina esos tres criterios para evitar la presunción de ganancia patrimonial no justificada

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

Cuando el contribuyente incremente su riqueza deberá probar ante Hacienda de dónde procede el dinero, cómo se obtuvo y por qué

El Tribunal Supremo fija como doctrina esos tres criterios para evitar la presunción de ganancia patrimonial no justificada

(Imagen: E&J)

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre las ganancias no justificadas de los contribuyentes, señalando al respecto que para evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria, los contribuyentes deben cumplir tres requisitos: probar de dónde procede el dinero —quién se lo entrego—, cómo lo obtuvieron y por qué recibieron esa cuantía.

Es decir, que si el contribuyente quiere desvirtuar la calificación de una ganancia de patrimonio no justificada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), no es suficiente con que pruebe el origen o fuente de los elementos patrimoniales —esto es de dónde proceden, mediante la identificación del medio de transmisión de los bienes o derechos, y de quién proceden, mediante la identificación de la persona que los transmite—, sino que además es necesario que acredite o justifique también por qué se transmiten, acreditando el negocio jurídico por el que se transfiere la titularidad de los bienes y derechos que alteran la composición del patrimonio.

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