Nuevas obligaciones para los patinetes: multas de hasta 610 euros por circular sin seguro
Por circular sin seguro las sanciones pueden ascender a cantidades que oscilan entre los 250 y los 800 euros
(Imagen: E&J)
Nuevas obligaciones para los patinetes: multas de hasta 610 euros por circular sin seguro
Por circular sin seguro las sanciones pueden ascender a cantidades que oscilan entre los 250 y los 800 euros
(Imagen: E&J)
En cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional primera de la Ley 5/2025 de 24 de julio, que modificó la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de circulación de vehículos a motor para introducir la obligación de asegurar todos los vehículos de movilidad personal (VMP), obligación que está vigente desde el 2 de enero último, el Consejo de Ministros ha aprobado el martes 27 de enero un Real Decreto que pone en marcha el Registro de vehículos personales ligeros (VPL), que gestionará la Dirección General de Tráfico (DGT) y que obliga a inscribir todos los VMP (básicamente los patinetes eléctricos) en el Registro Nacional de Vehículos.
En la actualidad existen dos tipos de VMP: los que cuentan con certificado de circulación y los que no lo tienen. Los propietarios de los primeros para inscribirlos deberán aportar el número del certificado y el número de serie y tras el pago de tasas, la DGT emitirá un certificado digital de inscripción. Mientras que los propietarios de VMP sin certificado de circulación, que no cumplen los requisitos técnicos y carecen de placa de marcaje, podrán seguir circulando solo hasta el 22 de enero de 2027. Igualmente deberán inscribirse, aportando sus datos personales y documentación como factura, ficha técnica o fotografía del vehículo.
Este registro solo será válido hasta el año 2027. Todos lo VMP deberán llevar una etiqueta identificativa que se podrá comprar en cualquier manipulador de placas autorizado.
Cuando un VMP cambie de titular, deberá solicitarse el cambio en el Registro en un plazo de 30 días. La baja definitiva solo podrá tramitarse en centros autorizados que comunicarán electrónicamente su destrucción.
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Las sanciones por no disponer de seguro obligatorio en estos vehículos oscilan entre 202 y 610 euros. Igualmente, por circular sin el seguro las sanciones ascienden a cantidades que oscilan entre los 250 y los 800 euros en función de si el VMP es considerado VPL o vehículo a motor —si pesa más de 25 kilos de peso y alcanza más de 14 Km/h—.

