Cuando la usura es evidente, no caben “dudas de derecho”: la AP de Barcelona fija el límite
La usura manifiesta no permite eludir la condena en costas
(Imagen: E&J)
Cuando la usura es evidente, no caben “dudas de derecho”: la AP de Barcelona fija el límite
La usura manifiesta no permite eludir la condena en costas
(Imagen: E&J)
En los últimos años, la invocación de las “dudas de derecho” se ha convertido en un argumento recurrente en la litigación masiva sobre crédito al consumo. Cuando la nulidad por usura resulta jurídicamente previsible, el debate procesal se desplaza con frecuencia al terreno de las costas: si no se puede evitar la declaración de nulidad, al menos se intenta neutralizar su impacto económico.
La sentencia núm. 897/2025, de 17 de diciembre, dictada por la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Barcelona y que ha ganado el despacho Legalsha Abogados, introduce un límite claro a esa dinámica. Aunque formalmente resuelve un recurso circunscrito al pronunciamiento sobre costas, su alcance es mayor: delimita con precisión el uso —y el abuso— de la excepción por “serias dudas de derecho” prevista en el artículo 394.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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