Cuando la justicia te lleva a la ruina: perdonados 137.000 euros a un ciudadano en situación de insolvencia por las costas y gastos derivados de una demanda
Inició un procedimiento judicial por negligencia médica, lo perdió y fue condenado a pagar las costas, que ascendieron a casi 150.000 euros
(Imagen: E&J)
Cuando la justicia te lleva a la ruina: perdonados 137.000 euros a un ciudadano en situación de insolvencia por las costas y gastos derivados de una demanda
Inició un procedimiento judicial por negligencia médica, lo perdió y fue condenado a pagar las costas, que ascendieron a casi 150.000 euros
(Imagen: E&J)
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho a un hombre, deudor de buena fe, y en consecuencia, le ha perdonado 137.870 euros de deudas que tenía acumulados.
Según ha podido saber E&J gracias a la defensa legal del ciudadano, que ha estado a cargo del despacho Bergadà Abogados, el origen de la insolvencia de este hombre se remonta al nacimiento de su hija, quien nació con malformaciones congénitas severas, requiriendo cuidados permanentes y especializados. Desde entonces, el hombre organizó su vida laboral para poder atender las necesidades de su hija. Sin embargo, ello conllevó que la capacidad del progenitor para generar ingresos estables se redujera significativamente.
Como consecuencia de lo anterior, y con el fin de poder afrontar todos los gastos derivados de dicha situación, el hombre se vio obligado a recurrir a créditos al consumo y préstamos personales.
“Su situación es el ejemplo claro de cómo los gastos derivados del cuidado de una persona totalmente dependiente pueden llevar a una familia a un endeudamiento insostenible. Cuando un menor requiere atención permanente, especializada y costosa, toda la estructura económica y laboral del hogar se ve afectada”, señala Marta Bergadà, socia fundadora de Bergadà Abogados. “Ante gastos excepcionales, muchas familias recurren a préstamos para afrontarlos. Pero lo que empieza siendo una solución temporal puede convertirse, sin apoyo externo, en un bucle de deudas que acaba generando una situación límite”.
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(Imagen: E&J)
La situación económica de esta padre se complicó aún más cuando, aconsejados por su abogado, decidieron iniciar un procedimiento judicial contra la ginecóloga que les había atendido durante el embarazo por presunta negligencia médica. Durante el proceso tuvieron que pagar numerosos informes médicos que tenían un coste elevado, así como las visitas a médicos especialistas. No obstante, la familia confiaba en que con el dinero de la indemnización que obtendrían podrían cubrir los tratamientos de la menor y afrontar las deudas acumuladas.
Sin embargo, la sentencia fue desfavorable y los padres fueron condenados al pago de las costas procesales, que superaban los 98.000 euros, cantidad que con recargos e intereses se aproximó a los 150.000 euros.
La familia carecía de patrimonio con el que responder y el pasivo total de la deuda se elevó aún más con otras deudas de consumo y una deuda tributaria pendiente —esta última derivada de un error en la aplicación de las deducciones de la declaración de IRPF, ya que se le aplicó el 100% de las deducciones por tener una hija totalmente dependiente, cuando sólo le correspondía el 50%—.
“El error en la aplicación de las deducciones del IRPF y el resultado desfavorable del procedimiento judicial agravaron una realidad económica ya de por sí extremadamente frágil. Ninguna familia está preparada para asumir cargas de este calibre”, señala Marta Bergadà. “La situación empeoró aún más cuando se produjo el embargo de su nómina, además del acoso telefónico al que le sometieron las empresas de recobro de deudas y entidades bancarias”.

(Imagen: E&J)
Cuando el equipo legal de Bergadà Abogados examinó el caso de este deudor en julio 2025 y constató que se trataba de un deudor de buena fe, acordaron iniciar el correspondiente procedimiento para que pudiera acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Recientemente, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho a este padre de familia, perdonándole así una deuda que acumulaba y que alcanza los 137.870 euros.
“Esta resolución demuestra el valor social de la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta normativa existe precisamente para proteger a personas de buena fe que, por circunstancias que escapan completamente a su control, se ven atrapadas en un endeudamiento imposible de revertir por sí mismas”, afirma Marta Bergadà. Para esta abogado, el fallo judicial dictado por el Juzgado de Alicante manda un mensaje claro: “Cuando la deuda es consecuencia de situaciones vitales objetivamente extremas, como el cuidado de una persona totalmente dependiente, la ley ofrece un mecanismo real para empezar de nuevo. Y eso es esencial para que muchas familias puedan recuperar su estabilidad y su futuro”.

