Que las filtraciones del agua de lluvia provenga de un elemento común no convierte a la comunidad en responsable de todos los daños
Una sentencia aplica la denominada “concurrencia de causas” y reparte el pago entre la comunidad y el vecino
(Imagen: E&J)
Que las filtraciones del agua de lluvia provenga de un elemento común no convierte a la comunidad en responsable de todos los daños
Una sentencia aplica la denominada “concurrencia de causas” y reparte el pago entre la comunidad y el vecino
(Imagen: E&J)
Las reclamaciones por humedades y filtraciones continúan siendo uno de los conflictos más habituales en las comunidades de propietarios. Sin embargo, una reciente sentencia recuerda que el hecho de que las filtraciones procedan de un elemento común no implica automáticamente que todos los daños deban ser asumidos íntegramente por la comunidad.
Así lo establece el Tribunal de Instancia de A Coruña en su sentencia n.º 65/2026, de 23 de marzo de 2026 (Roj: STIC 221/2026; ECLI:ES: TIC:2026:221), una resolución especialmente interesante porque aplica la denominada “concurrencia de causas” para reducir la indemnización reclamada por el propietario afectado.
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