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Que Víctor Moreno Catena intervenga en un proceso penal de gran envergadura es buena noticia

Su presencia en este proceso garantiza que la defensa no se limitará a negar los hechos, sino que examinará cada uno de los pasos que han conducido hasta la imputación

(Imagen: Congreso de los Diputados)

Diego Fierro Rodríguez

Letrado de la Administración de Justicia




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




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Que Víctor Moreno Catena intervenga en un proceso penal de gran envergadura es buena noticia

Su presencia en este proceso garantiza que la defensa no se limitará a negar los hechos, sino que examinará cada uno de los pasos que han conducido hasta la imputación

(Imagen: Congreso de los Diputados)

Un procesalista para un proceso de máxima exposición

La decisión de José Luis Rodríguez Zapatero de confiar su defensa a Víctor Moreno Catena, catedrático de Derecho Procesal y uno de los nombres más respetados de la disciplina en España, ha sido recibida con un comentario casi unánime entre quienes conocen el oficio: se trata de una elección que dice mucho sobre la estrategia de defensa y, sobre todo, de una elección que conviene al proceso. No porque garantice la absolución —nadie puede garantizarla—, sino porque eleva el nivel técnico del debate y obliga a todos los intervinientes, desde la acusación hasta el tribunal, a afinar sus instrumentos. Cuando un procesalista de la talla de Moreno Catena asume la defensa en un procedimiento de esta gravedad, el proceso penal se fortalece en su legitimidad, con independencia del signo de la sentencia que finalmente se dicte.

Moreno Catena no es un recién llegado a las causas complejas. Fue el primer director de la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad de Santiago de Compostela, creada en 1984, y ha intervenido como defensor en algunos de los procedimientos penales más relevantes de las últimas décadas, entre ellos el caso de los expedientes de regulación de empleo fraudulentos en Andalucía. Su perfil no es el del penalista que se mueve con soltura en la dogmática de los tipos delictivos —sin perjuicio de que pueda hacerlo—, sino el del procesalista que conoce como pocos los resortes del procedimiento: las nulidades, la prueba ilícita, los vicios de forma, la regularidad de las actuaciones. Y eso, en un proceso donde las imputaciones pueden acarrear penas que, según se ha difundido, alcanzarían hasta los 22 años de prisión en su tramo máximo, es una garantía de primer orden.

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Víctor Moreno Catena es un abogado que no solo conoce las reglas, sino que ha dedicado su vida académica a estudiarlas, enseñarlas y perfeccionarla. (Imagen: Fundación Fide)

La distinción que no es menor: penalista y procesalista

Conviene detenerse en la diferencia entre un penalista y un procesalista, porque no es una cuestión meramente académica, sino que define estrategias de defensa radicalmente distintas. El penalista es el especialista en el Código Penal, en la subsunción de los hechos en los tipos delictivos, en la discusión sobre el dolo, la imprudencia, las circunstancias modificativas de la responsabilidad y la determinación de la pena. Su terreno es el fondo del asunto, la calificación jurídica, la demostración de que la conducta enjuiciada encaja o no en el precepto que la acusación invoca.

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El procesalista, en cambio, es el especialista en las reglas del juego. Su mirada se dirige antes que al Código Penal a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la Constitución y a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a un proceso con todas las garantías. Su función no es discutir si el acusado hizo o no hizo lo que se le imputa —que también—, sino verificar que el camino que ha conducido hasta la acusación se ha recorrido sin atajos, sin vulneraciones y sin pruebas obtenidas con violación de derechos fundamentales. El procesalista es, en definitiva, el guardián de la forma, y la forma, en el proceso penal, no es un adorno, sino la sustancia misma de la justicia.

La forma como garantía: el proceso no es un estorbo, es un derecho

Existe una tendencia, alimentada por la prisa mediática y por la comprensible demanda social de respuestas rápidas, a contemplar las cuestiones procesales como un estorbo. Los artículos de previo pronunciamiento, las nulidades de actuaciones, los incidentes de recusación y los recursos contra la admisión de pruebas son percibidos con frecuencia como tácticas dilatorias, como intentos de ganar tiempo o de enredar el procedimiento. Nada más lejos de la realidad cuando esas cuestiones se plantean con fundamento. El derecho a un proceso con todas las garantías que consagra el artículo 24 de la Constitución no es una cláusula retórica, sino el resultado de siglos de lucha contra la arbitrariedad del poder. Cada nulidad que se declara, cada prueba ilícita que se excluye, cada infracción procesal que se repara es una victoria del Estado de Derecho sobre la tentación de condenar a cualquier precio.

(Imagen: E&J)

Moreno Catena conoce esta verdad mejor que la mayoría. Sabe que la fortaleza de una sentencia condenatoria no reside en la contundencia de la pena, sino en la solidez del procedimiento que la ha precedido. Una condena obtenida mediante pruebas de dudosa legalidad, o en un proceso donde se han soslayado las garantías de defensa, es una condena frágil, vulnerable a los recursos de amparo y a las impugnaciones ante Estrasburgo. Una condena dictada tras un proceso en el que todas las cuestiones formales han sido examinadas con rigor, en el que la defensa ha podido plantear hasta la última objeción y en el que el tribunal ha respondido a cada una de ellas con argumentos, es una condena blindada. Y eso es, precisamente, lo que un procesalista como Moreno Catena contribuye a construir: una sentencia que, si es condenatoria, lo será con todas las garantías, y que, si es absolutoria, no dejará dudas sobre la corrección del veredicto.

La elevación del nivel técnico como beneficio colectivo

Cuando un procesalista del prestigio de Moreno Catena entra en un proceso penal, el nivel técnico de la contienda sube de manera automática. La acusación sabe que cualquier irregularidad en la cadena de custodia de una prueba, cualquier defecto en la motivación de un auto, cualquier vulneración del derecho de defensa será detectada, denunciada y perseguida hasta sus últimas consecuencias. El tribunal sabe que sus resoluciones interlocutorias van a ser examinadas con lupa y que deberá extremar el rigor en la fundamentación. Y la opinión pública, aunque no siempre lo perciba, se beneficia de un debate procesal de calidad que aleja el fantasma de la justicia sumaria.

Moreno Catena ya demostró en el caso de los ERE que conoce los resortes del procedimiento y que no va a dejar pasar una infracción por pequeña que parezca. Su presencia en este proceso garantiza que la defensa no se limitará a negar los hechos, sino que examinará cada uno de los pasos que han conducido hasta la imputación, desde la competencia de la Audiencia Nacional hasta la legalidad de las intervenciones telefónicas, desde la regularidad de los registros hasta la suficiencia de los indicios. Y todo eso, lejos de ser un obstáculo para la justicia, es la justicia misma funcionando.

(Imagen: E&J)

La legitimación de la resolución definitiva

Si el proceso concluye con una condena, esta habrá resistido el embate de una defensa procesalmente impecable, lo que la hará más sólida ante las instancias revisoras y ante la historia. Si concluye con una absolución, nadie podrá decir que el tribunal se dejó llevar por la inercia o que no examinó las pruebas con la profundidad necesaria. En ambos casos, la presencia de un defensor como Moreno Catena habrá contribuido a que la resolución definitiva sea percibida como legítima por todos los operadores jurídicos y, en la medida de lo posible, por la ciudadanía.

Debe tenerse presente que la legitimidad de las decisiones judiciales no depende solo de su contenido, sino también del procedimiento a través del cual se adoptan. Un proceso que ha sido conducido con escrupuloso respeto a las garantías, en el que la defensa ha podido ejercer plenamente su función y en el que todas las cuestiones procesales han sido resueltas con motivación suficiente, genera una confianza que ninguna sentencia dictada en un procedimiento descuidado podría inspirar. Y esa confianza, en un momento en que la justicia está sometida a un escrutinio público sin precedentes, es un activo que ninguna sociedad puede permitirse dilapidar.

Reflexiones finales sobre la defensa como garantía del sistema

Que Víctor Moreno Catena intervenga en un proceso penal de gran envergadura es una buena noticia. No porque incline la balanza a favor del acusado —eso dependerá de las pruebas y de los argumentos que se ventilen en el plenario—, sino porque garantiza que el proceso será examinado con el rigor que la gravedad de las imputaciones exige. Su presencia es una garantía de que la forma no será sacrificada en aras de la prisa, de que las nulidades no serán desestimadas con desgana y de que el tribunal deberá responder a cada objeción con argumentos, no con inercias.

En un Estado de Derecho, la mejor defensa no es la que consigue la absolución a cualquier precio, sino la que obliga al sistema a funcionar correctamente. Y un procesalista de la talla de Moreno Catena es, por definición, un recordatorio permanente de que las reglas existen para ser cumplidas. Zapatero ha elegido a un abogado que no solo conoce las reglas, sino que ha dedicado su vida académica a estudiarlas, enseñarlas y perfeccionarlas. Sea cual sea el desenlace, el proceso será mejor gracias a esa elección. Y una justicia que se somete voluntariamente al escrutinio de quien mejor la conoce es una justicia que se fortalece. No es poco, en estos tiempos, poder decir eso.

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