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El valor de referencia catastral como regla de determinación de la base imponible en las transmisiones inmobiliarias

Desconocer el funcionamiento de este elemento clave de la fiscalidad inmobiliaria puede acabar teniendo consecuencias económicas importantes para cualquier contribuyente

(Imagen: E&J)

José Manuel Orta

Asesor fiscal y experto en Administración y Finanzas




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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El valor de referencia catastral como regla de determinación de la base imponible en las transmisiones inmobiliarias

Desconocer el funcionamiento de este elemento clave de la fiscalidad inmobiliaria puede acabar teniendo consecuencias económicas importantes para cualquier contribuyente

(Imagen: E&J)

El denominado popularmente como “catastrazo” llegó a nuestras vidas el 1 de enero de 2022. Fue implantado por el Estado como una medida destinada a dar mayor coherencia a los valores declarados en compraventas, donaciones y sucesiones de inmuebles. Se presentó como una herramienta para combatir el fraude en las valoraciones, asegurando que su finalidad no era aumentar la recaudación. Sin embargo, cuatro años después de su entrada en vigor, son muchos los contribuyentes que consideran que esta medida ha supuesto, en la práctica, un incremento de la tributación asociada a la adquisición de inmuebles.

Antes de la implantación del valor de referencia, estos tributos solían declararse tomando como referencia determinados coeficientes multiplicadores aplicados sobre el valor catastral. El problema era que muchos valores catastrales permanecían congelados durante largos periodos de tiempo y no reflejaban adecuadamente la realidad del mercado inmobiliario.

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El valor de referencia llegó para quedarse dentro de nuestro sistema tributario y, pese al tiempo transcurrido desde su implantación, sigue generando dudas entre los contribuyentes sobre su verdadero alcance y las consecuencias fiscales que tiene en la adquisición de una finca.

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