Regularización extraordinaria: cuando el desafío deja de ser jurídico para convertirse en administrativo
La Administración no incorpora al sistema a nuevos residentes; reconoce administrativamente la situación de quienes ya vivían en España
(Imagen: RTVE)
Regularización extraordinaria: cuando el desafío deja de ser jurídico para convertirse en administrativo
La Administración no incorpora al sistema a nuevos residentes; reconoce administrativamente la situación de quienes ya vivían en España
(Imagen: RTVE)
El pasado mes de abril, en estas mismas páginas, analizábamos las principales novedades introducidas por la reforma del Reglamento de Extranjería, con especial atención a las nuevas modalidades de arraigo y al proceso extraordinario de regularización concebido para ofrecer una respuesta jurídica a miles de personas que, pese a encontrarse plenamente integradas en la sociedad española, permanecían en situación administrativa irregular.
Entonces el debate era esencialmente normativo: se discutía el alcance de la reforma, la proporcionalidad de sus requisitos y la capacidad del nuevo modelo para cumplir los objetivos perseguidos por el legislador. Hoy, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la cuestión ha cambiado por completo. El interrogante ya no es quién puede acceder a la regularización, sino si la Administración dispone de la capacidad necesaria para gestionarla.
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