El Supremo impide cobrar por una marca que no se utiliza: demandar un día antes fue fraude procesal
La titular de Giordano esperó hasta la víspera de que venciera el periodo de gracia para reclamar una indemnización, pero la maniobra terminó con la caducidad de la marca y la desestimación de su demanda
(Imagen: E&J)
El Supremo impide cobrar por una marca que no se utiliza: demandar un día antes fue fraude procesal
La titular de Giordano esperó hasta la víspera de que venciera el periodo de gracia para reclamar una indemnización, pero la maniobra terminó con la caducidad de la marca y la desestimación de su demanda
(Imagen: E&J)
Registrar una marca concede un derecho exclusivo, pero no permite guardarla durante cinco años en un cajón, esperar hasta el último día y acudir a los tribunales para cobrar a quien verdaderamente la está utilizando en el mercado.
La forma parecía impecable: la demanda fue presentada dentro del plazo legal. La realidad era otra: quien reclamaba la protección prácticamente no había usado la marca y acudió al juzgado exactamente un día antes de que pudiera exigírsele la prueba de ese uso.
El Tribunal Supremo ha considerado que aquella precisión en el calendario no fue una casualidad ni una legítima estrategia procesal, sino un fraude dirigido a eludir la Ley de Marcas. Y cuando la norma se utiliza para alcanzar el resultado que precisamente pretende evitar, el Derecho debe apartar la apariencia y restablecer la justicia material.
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