Las comunicaciones previas y las declaraciones responsables no son actos administrativos
El Tribunal Supremo determina que son actos privados y no pueden recurrirse directamente
(Imagen: E&J)
Las comunicaciones previas y las declaraciones responsables no son actos administrativos
El Tribunal Supremo determina que son actos privados y no pueden recurrirse directamente
(Imagen: E&J)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que las comunicaciones previas son manifestaciones privadas del ciudadano.
En el momento de presentarlas, la Administración no manifiesta ninguna voluntad ni emite autorización implícita alguna o acuse de recibo equivalente a un acto administrativo. No inician un procedimiento y, en ningún caso, se equiparán a una solicitud de inicio de un procedimiento formal.
Al no existir un acto administrativo previo, no se puede interponer un recurso de alzada o reposición de forma directa contra la mera presentación o recepción de la comunicación.
El Alto Tribunal concluye en la sentencia (disponible en el apartado ‘descargar resolución’), de forma contundente, que las comunicaciones previas y las declaraciones responsables no son actos administrativos y, por ello, no se pueden recurrir de forma directa ni en vía administrativa ni a través de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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