El Tribunal Constitucional avala la decisión del Supremo y confirma la paralización del derecho a voto de los nacionalizados por la ‘Ley de Nietos’
Solo dos de los 12 magistrados apoyaban admitir el recurso del Defensor del Pueblo
(Imagen: TC)
El Tribunal Constitucional avala la decisión del Supremo y confirma la paralización del derecho a voto de los nacionalizados por la ‘Ley de Nietos’
Solo dos de los 12 magistrados apoyaban admitir el recurso del Defensor del Pueblo
(Imagen: TC)
Es oficial, el Tribunal Constitucional ha decantado la balanza a favor del Tribunal Supremo, respaldando así la medida cautelar adoptada por el Alto Tribunal español de paralizar el derecho a voto de los extranjeros nacionalizados por medio de la conocida como ‘Ley de Nietos’. En consecuencia, todos los ciudadanos afectados por dicha suspensión no podrán ejercitar el derecho a voto en las próximas elecciones generales, fijadas para el 29 de noviembre de 2026.
El pasado viernes 16 de octubre, el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, registró ante el TC un recurso de amparo contra los autos de 10 de septiembre y de 12 de octubre de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, dictados en los recursos ordinarios 1013/2026 y 1015/2026, y por los cuales se suspende el derecho de voto en las próximas elecciones generales de gran parte de los españoles nacionalizados de acuerdo con la Ley de Memoria Democrática.
Gabilondo solicitaba en el recurso la adopción de medidas cautelarísimas al amparo del artículo 56.6 Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, consistentes en que se suspendieran las citadas medidas cautelares de suspensión del derecho a voto impuestas por el Tribunal Supremo para las elecciones del 29 de noviembre.
No obstante, hoy, miércoles 21 de octubre, se conoce la noticia de que el Tribunal Constitucional (TC) rechaza admitir el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra los dos autos judiciales del Tribunal Supremo.
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La negativa del Tribunal de Garantías a admitir el recurso ha sido aplastante. De los 12 magistrados que componen el Pleno, solo dos han voto a favor de admitir el recurso: Juan Carlos Campo, exministro de Justicia durante el segundo gobierno de Pedro Sánchez, y Ramón Sáez.
Por su parte, los otros 10 magistrado del Constitucional han razonado que el Defensor del Pueblo se apresuró presentando el recurso de amparo porque aún no se había agotado la vía de la jurisdicción ordinaria.

(Imagen: E&J)

