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Derecho Administrativo

Cómo una asesora financiera pasó de autónoma a asalariada por decisión de la Seguridad Social

El tribunal concluye que la relación de los 'family bankers' es mercantil y rechaza los indicios de laboralidad recabados por la Inspección de Trabajo.

(Imagen: E&J)

Pablo Javier Deheza

Periodista y redactor E&J




Tiempo de lectura: 3 min

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Derecho Administrativo

Cómo una asesora financiera pasó de autónoma a asalariada por decisión de la Seguridad Social

El tribunal concluye que la relación de los 'family bankers' es mercantil y rechaza los indicios de laboralidad recabados por la Inspección de Trabajo.

(Imagen: E&J)

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado el alta de oficio en el Régimen General de la Seguridad Social que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) impuso a una asesora financiera de Banco Mediolanum. La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la relación entre los family bankers y la entidad es mercantil y no laboral, y deja sin efecto las resoluciones que habían convertido a la agente en trabajadora por cuenta ajena. La sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) no es firme.

La recurrente prestaba servicios para el banco, según su demanda, desde 2010, en virtud de un contrato marco mercantil para la promoción de productos financieros, de inversión y de seguros, y estaba incluida en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Tras una actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), la TGSS acordó por oficio de 25 de marzo de 2025 su alta de oficio en el Régimen General y desestimó después el recurso de alzada, el 18 de junio de 2025.

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