Prevaricación
Prevaricación
El supremo señala los requisitos para la correcta tipificación del delito de prevaricación
Tribunal Supremo. Sala Penal – 21/04/2015
Se desestima el recurso de casación interpuesto por la representación del acusado contra sentencia condenatoria de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en causa seguida contra el mismo, por delito de prevaricación.
La Sala declara que el delito de prevaricación aparece relacionado en su configuración típica con la existencia de una, o varias resoluciones, que son calificadas, no de contrarias a derecho, sino de injustas, en los términos que se ha señalado.
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El que en la argumentación de la sentencia objeto de la censura casacional y sobre todo en la argumentación del voto particular, se deslice, como conclusión argumental, que el recurrente pretendió una instrucción a espaldas del ordenamiento, prospectiva, una causa general, no evita que lo característico de la prevaricación es el dictar una resolución injusta, a sabiendas. Y en el supuesto de que fueran varias, dictadas en un mismo ámbito temporal y procedimental, lo procedente es aplicar el instituto de la continuidad delictiva.
Ningún error cabe declarar, por lo que el motivo se desestima.
Puede leer el texto completo de la Sentencia en www.ksp.es Marginal: 69338801
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