El Tribunal Supremo anula el artículo 38 del reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones
El Tribunal Supremo anula el artículo 38 del reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones
Eliseo M. Martínez, socio director, Alicia Agüero, of counsel, y Juan Pablo Tejero, responsable del área procesal civil, mercantil y de acciones colectivas. (Imagen: cesión propia)
Esta norma afecta a la donación de bienes comunes de la sociedad conyugal
El Tribunal Supremo en sentencia de 18 de febrero de 2009 estima la cuestión de ilegalidad que suscita el artículo 38 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sobre la improcedencia de liquidaciones fundadas en este mismo artículo. Considera que éste es contradictorio con los artículos 60.4 y 61.4 del Reglamento, y contra la propia sistemática del tributo pues “es inaceptable que las donaciones de bienes gananciales tengan un tratamiento si son únicas y otro diferente, cuando deban ser acumuladas a otras que no son de bienes gananciales”.
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