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Nacen la ‘Oficina del Dato’ y la ‘División de Planificación y Ejecución de Programas’

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Nacen la ‘Oficina del Dato’ y la ‘División de Planificación y Ejecución de Programas’



El pasado jueves 27 de agosto se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden ETD/803/2020, de 31 de julio, por la que se creaba la División Oficina del Dato y la División de Planificación y Ejecución de Programas en la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

En este nuevo escenario donde “las tecnologías se han convertido en el elemento principal para el funcionamiento de la economía y de la sociedad” y a sabiendas de que “la digitalización puede traer una sociedad con ganadores y perdedores”, ya que no todo el mundo tiene las mismas posibilidades de acceso a aquellas, se estima preciso “impulsar nuevas capacidades y habilidades, el emprendimiento tecnológico y una inteligencia artificial inclusiva, ética, transparente, que permitan la igualdad de oportunidades y la creación de empleos”.



Por ello y con la necesidad de dar una respuesta técnica coordinada, se considera importante “contar con un órgano específico y especializado en la materia dentro de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. En la misma línea, “la aparición, desde múltiples instancias y medios, de iniciativas y aplicaciones dispersas en torno al tratamiento de datos durante la epidemia ha puesto de manifiesto la necesidad de un órgano específico para coordinar e integrar dentro de la Administración General del Estado esas iniciativas”. Por ello, se crea la llamada División Oficina del Dato.

Entre las distintas funciones de este recién creado órgano se incluyen “la estrategia para la explotación del dato y gobierno del dato”, es decir, “definir políticas de seguridad en la gestión y almacenamiento de los datos, políticas de privacidad, así como participar activamente, como se ha señalado, en los foros de este ámbito en la Unión Europea”, todo ello, “sin perjuicio de las competencias que la legislación europea y nacional atribuyen al Instituto Nacional de Estadística.



Por otro lado, “el futuro marco financiero de la UE para el periodo 2021-2027”, “los programas económicos Post-COVID”, las previsiones que sitúan “la digitalización en el centro de las prioridades de financiación” y la necesidad de dinamizar los “fondos europeos dentro de los nuevos programas e instrumentos de la UE, bien para la propia Administración General del Estado, bien para impulsar y agilizar la presentación de proyectos y captación de fondos de empresas e instituciones españolas, precisa de una unidad horizontal responsable de la planificación, coordinación y seguimiento económico-administrativo de las actuaciones y de la gestión económico presupuestaria de los programas que desarrolla la Secretaría de Estado”. Por ello, se estima necesario la creación de la denominada División de Planificación y Ejecución de Programas.



Para mayor profundidad y análisis en la creación y competencias de ambos órganos administrativos, recomendamos la lectura de la arriba citada Orden, cuyo contenido se limita a cuatro sencillos artículos: Artículo 1.- Creación de la División Oficina del Dato; Artículo 2.- Funciones; Artículo 3.- Creación de la División de Planificación y Ejecución de Programas; Y artículo 4.- Funciones.

Por último, respecto a su entrada en vigor, la Disposición final única señala que la citada orden entraría en vigor al “día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»”, es decir, el pasado viernes 28 de agosto.

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