Impuesto de sociedades
                                                                                                                                                                                                        
                                                                                                    
                                                                                                    
																									
																																																		
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																																			No son gastos deducibles aquellos gastos financieros contraídos por razón de un préstamo bancario para la adquisición de participaciones propias
Audiencia Nacional Sala Contencioso – 06/03/2014
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del Tribunal Económico-Administrativo Central, sobre impugnación de liquidación practicada en relación con el Impuesto sobre Sociedades.
La Sala declara que los gastos por intereses del préstamo que se pretender deducir no guardan relación con los ingresos de la actividad empresarial, ni siquiera concebidas en sentido amplio, pues tales gastos financieros no
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