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Bufete Barrilero y la Comisión de Auditores de Cuentas de Catalunya analizan los últimos cambios en el derecho de separación del socio

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Bufete Barrilero y la Comisión de Auditores de Cuentas de Catalunya analizan los últimos cambios en el derecho de separación del socio



Beatriz Castelar, socia de BBA: “El 348 Bis viene al rescate de los minoritarios”

La nueva legislación en torno al derecho de separación del socio, vigente desde este año,  tras el enorme impacto que está teniendo en las sociedades de capital, ha sido analizada hoy en una jornada organizada en el Col.legi d’Economistes por la Comisión de Auditores de Cuentas de Catalunya y Bufete Barrilero y Asociados (BBA).  Desde el 1 de enero de 2017 la Ley de Sociedades de Capital, a través del célebre artículo 348 bis, recupera el derecho de separación del socio si la junta general no acuerda la distribución de, al menos, un tercio de los beneficios obtenidos y obliga a la sociedad a pagar el valor razonable de la participación del socio que ejerza su derecho de separación.



Beatriz Castelar, socia de BBA, destacó que el cambio legislativo “viene al rescate de los socios minoritarios, que ahora sí tienen un derecho concreto y cierto al dividendo y subsidiariamente un derecho de salida de la sociedad, percibiendo el valor razonable por sus acciones o participaciones”.  En opinión de Castelar “es positivo que el legislador ponga un límite razonable al principio mayoritario, y el miedo suscitado en algunos ámbitos por un eventual uso abusivo del derecho de separación no justifica, sin más,  la demonización del precepto. Se invierte la situación actual, ante un ejercicio abusivo del 348 Bis los socios mayoritarios siempre podrán acudir a la tutela judicial”“La esencia del pacto social  y la responsabilidad de quienes administran una sociedad” , añadió la abogada de BBA, “es generar valor para los socios y cumplir con su legítima expectativa de participar en las ganancias sociales”.  En relación al debate generado respecto del carácter dispositivo o imperativo del precepto Beatriz Castelar manifestó que, en su opinión, en base a los  principios de libertad de empresa y de libertad de pacto, los socios , siempre por acuerdo unánime, deberían de poder  condicionar o dejar sin efecto la aplicación del 348 Bis. No obstante, concluyó refiriéndose a la incertidumbre existente sobre la aplicación práctica del precepto, si no se modifica su redacción o no se vuelve a suspender su vigencia, serán los tribunales los que zanjen los debates doctrinales existentes sobre cuestiones clave del artículo.

La jornada estuvo presidida por Emilio Álvarez presidente de la Comisión de Auditores de Cuentas / REA y REGA de Catalunya, y socio de Crowe Horwath e intervinieron asimismo Lluis Guerra, socio director de Auditia y Francesc Garreta, vicepresidente de la Comisión de Auditores de Cuentas de Catalunya.



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