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Aprobado el Reglamento de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador

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Aprobado el Reglamento de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador

La presidenta de la APM, en una reunión el pasado mes de enero con el ministro de Justicia, Félix Bolaños. (Imagen: Ministerio de Justicia)



Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre (BOE núm. 143, de 16 de junio de 2011)

El presente real decreto aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales. Esta ley tiene como objetivo principal mejorar la capacitación profesional de abogados y procuradores en cuanto colaboradores relevantes de la administración de justicia con el fin de que los ciudadanos tengan garantizado un asesoramiento, una defensa jurídica y una representación técnica de calidad como elementos esenciales para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.



Para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada la ley establece un sistema de formación en la excelencia que tiene tres pilares básicos: la realización de un curso formativo específico en el que se han de adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas, el desarrollo de un periodo de prácticas externas y la realización de una evaluación de la aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción en el correspondiente colegio profesional.

En todo caso, con el fin de que las personas que deseen formarse para las profesiones de abogado o procurador de los tribunales puedan hacerlo con independencia de los medios económicos de que dispongan, el reglamento contempla que el Gobierno otorgará becas en el marco del régimen de las becas y ayudas personalizadas al estudio.



Finalmente, con vistas a mitigar la inevitable incertidumbre inicial derivada de la implantación de un nuevo modelo de acceso al ejercicio de las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, se ha previsto expresamente que los Ministerios de Justicia y Educación desarrollarán varias pruebas piloto con anterioridad a la celebración de la primera convocatoria de evaluación y harán públicos sus contenidos. De este modo, podrá adquirirse con carácter previo experiencia suficiente en lo relativo a la gestión de las pruebas y los candidatos dispondrán de una orientación adecuada sobre su estructura y contenidos.



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