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Responsabilidad de administradores: acción individual.

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Al día

Responsabilidad de administradores: acción individual.



El plazo de prescripción es de 4 años.

Mediante la acción individual de responsabilidad, los terceros (aparte los socios) que hayan sufrido una lesión directa en sus intereses podrán reclamar una indemnización del daño a los administradores sociales que lo hayan causado por actos contrarios a la Ley o a los estatutos o realizados sin la diligencia de un ordenado empresario y representante legal, lo que requiere la existencia de actos u omisiones negligentes, un daño directo y un razonable nexo causal.



Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 29 de julio de 2008, nº recurso 1169/2002. Ponente Don Jesús Corbal Fernández.

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