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Se aprueba la regulación del Registro Público Concursal que entrará en vigor el 3 de marzo de 2014

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Se aprueba la regulación del Registro Público Concursal que entrará en vigor el 3 de marzo de 2014

(Imagen: E&J/ Óscar Peña)



Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal. (BOE núm. 289, de 3 de diciembre de 2013)

 El Registro Público Concursal que ahora se configura responde, en primer lugar, a un principio de unidad de información, de tal forma que tanto las resoluciones procesales que se adopten a lo largo del proceso concursal, como las que implican la apertura de negociaciones para alcanzar los acuerdos extrajudiciales y su finalización, y los asientos registrales derivados de los mismos encuentren un punto de encuentro a efectos de su publicidad.



Y, en segundo lugar, que esa publicidad se obtenga a través de Internet, lo que facilita la accesibilidad a la información concursal. El resultado ha de ser la puesta a disposición de los interesados de una información coordinada y completa.

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