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Condenados por falsificar pruebas Covid para retrasar un desahucio

Confeccionaron varios informes de pruebas haciendo constar que la PCR había dado positivo 

Los aportaron al procedimiento como justificante para que el lanzamiento programado no se llevara a cabo. (Imagen: Freepik)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




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Condenados por falsificar pruebas Covid para retrasar un desahucio

Confeccionaron varios informes de pruebas haciendo constar que la PCR había dado positivo 

Los aportaron al procedimiento como justificante para que el lanzamiento programado no se llevara a cabo. (Imagen: Freepik)



La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a un hombre y una mujer por falsificar pruebas Covid para retrasar un desahucio. Como coautores de dos delitos de falsedad documental (artículo 399 del Código Penal) en concurso medial con dos delitos de estafa procesal (artículos 249 y 250.1.7a), en los que concurren la atenuante de reparación del daño y la de dilaciones indebidas. 

Por cada uno de los dos delitos se les ha impuesto un año de prisión y una multa de 540 euros, así como el pago de costas por mitad, incluidas las de la acusación particular, a quien, además, tendrán que indemnizar conjunta y solidariamente con 3.600 euros, más intereses. Es una sentencia de conformidad y, por lo tanto, ya es firme. 



Los hechos

Ambos, mayores de edad y sin antecedentes penales, incursos como demandados en un juicio verbal por desahucio en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Medina del Campo, con ánimo de demorar la recuperación de la posesión de la vivienda en la que residían por parte de ella, confeccionaron varios informes de pruebas Covid-19 haciendo constar que la PCR había dado positivo y los aportaron al procedimiento como justificante para que el lanzamiento programado no tuviera lugar.

En concreto, la condenada, a través de su representación, presentó dos informes a su nombre, fechados a 4 y 18 de febrero de 2021, en los que se hacía constar que era positiva a coronavirus, y él otros dos, de iguales fechas y contenido, que provocaron la suspensión de los lanzamientos señalados por el juzgado para los días 10 de febrero y 3 de marzo de 2021, respectivamente. 



La única prueba Covid a la que se sometieron ambos fue en agosto de aquel año y dieron negativo.



Las partes han acordado que la responsabilidad civil ascienda a 3.600 euros, de los que ya  han consignado 150 euros cada uno.

Se les ha concedido el beneficio de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad. A ella, por un periodo de tres años, y a él de cuatro, condicionado a que no cometan ningún delito, se mantengan a disposición del tribunal, al que deberán comunicar cualquier cambio de domicilio, y al pago de la responsabilidad civil en abonos mensuales sucesivos no inferiores a 100 euros. En el caso de él, también condicionado al pago de una multa de 900 euros. 

El juicio se había fijado para el pasado 31 de enero. Dos días antes, la Fiscalía presentó un escrito ante la Audiencia firmado de conformidad con la acusación particular, los acusados y sus defensas, que el día y hora señalados ratificaron ante el tribunal.

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