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Eutanasia: claves del nuevo proyecto de ley

(Imagen: Archivo)

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Eutanasia: claves del nuevo proyecto de ley

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El Congreso ha aprobado hoy martes 12 de febrero de 2020, con la oposición de buena parte del hemiciclo, en concreto de los grupos parlamentarios PP, UPN, Foro Asturias y VOX, llevar a trámite la proposición de Ley del Gobierno por la cual se reconocería el derecho a la eutanasia.

El objetivo es, en palabras del ejecutivo, «poner fin a la propia vida a aquellas personas que padezcan un sufrimiento físico o psíquico insoportable y sin esperanzas de curación”.



El resultado de la aceptación a trámite de la proposición de Ley ha sido de 201 votos a favor y 140 en contra. Con este resultado estamos ante el tercer intento de abordar dicha Ley en nuestra reciente historia democrática.

Acotación jurídica del derecho a eutanasia

El texto de la iniciativa establece como condición la «libre voluntad ratificada» por el afectado tras ser detalladamente informado de su situación y de las posibilidades que existen por médicos responsables.



El proyecto de Ley recoge la libre elección del afectado a acogerse a dicho derecho, siempre que sea informado en detalle de su situación y se le expongan las posibilidades que tiene por parte de los médicos que tutelen su proceso.



Este derecho se incorporaría a las prestaciones que ofrece la Seguridad Social, con el objeto de que cualquier persona que cumpla con los requisitos pueda darle uso.

En este sentido, los sujetos de derecho capaces de acogerse a esta norma serían todos los mayores de edad con nacionalidad española o residencia legal en España, con capacidad de obrar y, por lo tanto, decidir sobre si pueden o no acogerse a esta muerte voluntaria.

La petición para acogerse a la eutanasia habrá de realizarse de forma “autónoma, consciente e informada”, además de que el enfermo ha de padecer una “enfermedad grave e incurable, crónica e invalidante causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables”.

La solicitud debe tener forma escrita y estar firmada por el propio paciente que, además, deberá ratificarla en un plazo de 15 días. El documento deberá ser firmado en presencia de un médico, una comisión de control y evaluación que comprobará y dará fe del cumplimiento de todos los requisitos.

Finalmente, el texto prevé dos modalidades de eutanasia: la administración al paciente de una sustancia que acabe con la vida del paciente, esto es, una sustancia letal, o que sea el propio paciente el que se la autoadministre. En las dos modalidades se garantiza acompañar al paciente hasta el último momento.

 

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