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Jurisprudencia

15.000 euros de sanción por no atender el requerimiento de la Agencia Tributaria de comparecer de manera presencial

El Supremo confirma la multa al único socio de una sociedad por no colaborar en una inspección fiscal

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

15.000 euros de sanción por no atender el requerimiento de la Agencia Tributaria de comparecer de manera presencial

El Supremo confirma la multa al único socio de una sociedad por no colaborar en una inspección fiscal

(Imagen: E&J)



Si Hacienda lo considera necesario, puede requerir la presencia física del representante legal de la sociedad o persona jurídica, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos y dicho representante legal tendrá la obligación de comparecer el día y hora señalados, ya que, al no hacerlo así, comete la infracción.

Así ha fallado el Tribunal Supremo, declarando que la Agencia Tributaria puede exigir la comparecencia del representante legal de la sociedad en las actuaciones inspectoras a fin de preguntarle sobre el funcionamiento de su negocio, sin que la Administración esté obligada a formularle las cuestiones por escrito, aunque “ese requerimiento debe ser excepcional, motivado y procurando que sea de la forma menos gravosa posible para el contribuyente”.



La reciente sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal (disponible en el botón ‘Descargar resolución’) nace de una sanción impuesta por la Agencia Tributaria a una sociedad limitada unipersonal como consecuencia de la incomparecencia, reiterada, de su socio único y administrador solidario, a requerimiento de la Inspección.

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