Condenada una magistrada por no dejar recurrir
Ha sido inhabilitada dos años
(Imagen: E&J)
Condenada una magistrada por no dejar recurrir
Ha sido inhabilitada dos años
(Imagen: E&J)
El Poder Judicial informó el pasado 14 de abril de que una sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares había condenado a dos años de inhabilitación a una magistrada que dictó dos resoluciones judiciales que impidieron la interposición de recurso a una empresa que estaba en concurso cuando la ley prevé dicho recurso.
Esta magistrada actuó por error inexcusable al considerar que sus decisiones eran de trámite y no recurribles. El texto de la sentencia señala que la magistrada estaba convencida, aun cuando ello no era así, de su carácter irrecurrible. Por ello, el Tribunal descarta que la magistrada actuara con dolo dictando las providencias.
La denegación de los recursos de reposición no solo fue errónea, sino que además no está amparada por ningún modo de interpretación del Derecho, ya que la providencias al establecer que contra ellas no cabe recurso se apartan de cualquier interpretación aceptable de la ley. Pues, incluso contravienen el tenor literal de la misma.
El fallo judicial recuerda que ninguna interpretación del artículo 488 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ampara, en el caso de autos, que sea posible impedir el recurso de reposición.
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La Sala impuso el pago de la mitad de las costas causadas al Ministerio Fiscal y la acusación particular. Esta resolución no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

