Cuando el grave problema del ruido deja de ser prioritario: medidas cautelares y requisitos para su procedencia
El tribunal reconoce las graves molestias acústicas sufridas por un vecino, pero rechaza paralizar la bomba de presión del agua
(Imagen: E&J)
Cuando el grave problema del ruido deja de ser prioritario: medidas cautelares y requisitos para su procedencia
El tribunal reconoce las graves molestias acústicas sufridas por un vecino, pero rechaza paralizar la bomba de presión del agua
(Imagen: E&J)
El derecho al descanso dentro de la propia vivienda disfruta de una de las protecciones más intensas de nuestro ordenamiento jurídico. El Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han declarado reiteradamente que determinados niveles de ruido pueden llegar a vulnerar derechos fundamentales, afectando a la intimidad domiciliaria, a la integridad física e incluso a la salud de quienes los padecen.
Precisamente por ello resulta especialmente interesante el reciente Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, que recuerda una idea esencial del Derecho: ningún derecho es absoluto. Incluso cuando un vecino acredita la existencia de graves molestias acústicas, su protección puede ceder si la solución pretendida supone sacrificar derechos esenciales de terceros.
Así lo declara la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona en el auto judicial dictado (disponible en el botón ‘descargar resolución’) que ofrece una valiosa reflexión sobre el principio de proporcionalidad en las medidas cautelares y sobre los inevitables conflictos entre distintos derechos igualmente dignos de protección.
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