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Derecho Mercantil

Dos hermanos consiguen exonerar una deuda que ascendía conjuntamente a 1.743.980 euros

Los juzgados de lo Mercantil de Madrid han aplicado la Ley de la Segunda Oportunidad para perdonar la deuda a dos personas que constituyeron una sociedad para promover la investigación biomédica

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min



Derecho Mercantil

Dos hermanos consiguen exonerar una deuda que ascendía conjuntamente a 1.743.980 euros

Los juzgados de lo Mercantil de Madrid han aplicado la Ley de la Segunda Oportunidad para perdonar la deuda a dos personas que constituyeron una sociedad para promover la investigación biomédica

(Foto: E&J)



Los juzgados de lo Mercantil núm. 14 y 17 de Madrid han fallado exonerando del pago de una deuda contraída por dos hermanos que constituyeron hace casi dos décadas una sociedad para promover la investigación biomédica.

La Justicia ha aplicado los mecanismos que establece la Ley de la Segunda Oportunidad para las personas físicas que se encuentran en una situación de insolvencia, como los actores, perdonándoles así una deuda que ascendía a 859.724 euros y 884.256 euros, respectivamente.



Para la constitución de la sociedad mercantil, con el objetivo de promover la investigación biomédica, los hermanos incurrieron en importantes inversiones de maquinaria, formalizando varias operaciones de crédito con entidades financieras a las que prestaron su fianza personal. Sin embargo, la denegación de varias subvenciones, entre otra cuestiones, hicieron que la empresa no pudiera hacer frente al pago de los créditos, lo que se tradujo en varios procedimientos judiciales ejecutivos frente a la sociedad y frente a los hermanos en su condición de avalistas.

Ante esta situación, ambos hermanos decidieron acudir al mecanismo de “Segunda Oportunidad” y los juzgados de lo Mercantil de Madrid han emitido sentencias declarando la exoneración total de ambos actores, al ser las deudas contraídas créditos ordinarios, es decir, los actores no tenían deudas con AEAT ni con la Seguridad Social, ni tampoco créditos privilegiados garantizados con hipoteca.





La utilidad de la Ley de la Segunda Oportunidad

Los actores han estado representados legalmente por los letrados Román Cano y Natalia Álvarez, ambos del despacho RZS Abogados, quienes han declarado que “con la exoneración de las deudas conseguidas en ambos procedimientos concursales, han quedado extinguidos los créditos y la responsabilidad de ambos hermanos en su condición de avalistas de sociedad, con ello han cesado los embargos en nómina y pensión que venían padeciendo desde hace varios años, pudiendo disfrutar de una segunda vida económica libre de cargas financieras”.

Lo cierto es que este caso pone de manifiesto que la Ley de la Segunda Oportunidad es de gran utilidad para aquellas personas físicas que se encuentran en una situación de insolvencia, puesto que esta normativa ofrece la posibilidad de cancelar total o parcialmente las deudas y poder empezar de nuevo.

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