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Jurisprudencia

IRPH: los Juzgados menores también suspenden sus procedimientos

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IRPH: los Juzgados menores también suspenden sus procedimientos



El Juzgado de Primera Instancia nº 2 bis de Cádiz, especializado en condiciones generales de la contratación, ha acordado la suspensión de un procedimiento relativo al IRPH, en tanto que el Tribunal Supremo espera la respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante el planteamiento de las dos cuestiones prejudiciales de los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona e Ibiza.

Cuestiones prejudiciales

Como es sabido, en el mes de diciembre, el Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana, elevó una cuestión prejudicial ante el TJUE. Allí, a través de seis preguntas muy concisas, solicitaba al Alto Tribunal Europeo que aclarase su STJUE de 3 de marzo de 2020 (asunto C-125/18), la cual ha dado lugar a distintas interpretaciones contradictorias de los tribunales españoles.



Tras ello, en enero, la Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, Carmen Robles Zamora, a través de dieciséis preguntas, planteaba una nueva petición de decisión prejudicial al TJUE sobre el IRPH. A juicio de aquella, el “TS español ha realizado una reinterpretación, con el dictado de una reciente jurisprudencia a raíz de las SSTS 595, 596, 597 y 598/2020, de 12 de noviembre, de la STJUE de 3 de Marzo de 2020 que resolvía la cuestión prejudicial C-125/18 ‘Caso Gómez del Moral’, desde una perspectiva abruptamente contraria a lo dispuesto expresamente en la citada sentencia así como en decenas de sentencias relativas a los criterios interpretativos de la Directiva 93/13/CE en relación a la protección de los derechos de los consumidores en contratos celebrados con profesionales”.

Está previsto que se pronuncie el Abogado General sobre estas dos cuestiones sometidas al IRPH (Edición: Cenaida López/Economist & Jurist)



La reinterpretación del Supremo y el giro de 180º grados en exclusivo beneficio de las entidades financieras predisponentes ha llevado “a los juzgadores, tanto de primera instancia como de audiencias provinciales, a consumidores y a la defensa de la banca a una preocupante situación de inseguridad jurídica, al estar provocando resoluciones diferentes y contradictorias que están causando un grave daño material a los consumidores afectados en muchos casos irreparable”, alertaba la Magistrada-Juez.



Suspensión de procedimientos

En primer lugar, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, a través de una providencia de 10 de febrero de 2021, decidió suspender el trámite de una causa relacionada con el IRPH, tras constatar “la admisión a trámite de una nueva cuestión prejudicial ante el TJUE, cuyo resultado puede incidir en la resolución del presente litigio”.

En segundo término, a inicios de marzo, la Sala de lo Civil del TS, a través de una nueva providencia, decidió paralizar los asuntos sobre hipotecas ligadas al IRPH hasta que el TJUE resuelva sobre la admisibilidad de las aclaraciones planteadas por el ya citado Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona.

Fruto de lo anterior, el pasado 5 de abril, en el acto de la vista de un procedimiento relativo al IRPH recalado en el seno del Juzgado de Primera Instancia nº 2 bis de Cádiz, el abogado de la actora, José Luis Ortiz Miranda, solicitó la oportuna suspensión del procedimiento en aras de proteger los intereses de su cliente. En cambio, la demandada, el Banco Santander, se opuso a tal intención.

Pues bien, mediante Auto de 6 de abril, el citado Juzgado especializado en condiciones generales de la contratación, después de reproducir el art. 43 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ha anunciado que “visto el contenido de la providencia de 12 de marzo de 2021 de la Sala Primera del TS, se acuerda la suspensión del presente procedimiento, en tanto que el Alto Tribunal espera la respuesta del TJUE ante el planteamiento de dos nuevas cuestiones prejudiciales que pueden variar la última sentencia del Alto Tribunal en lo relativo al IRPH, el cual constituye el objeto del presente procedimiento (…), evitando así la saturación de las instancias superiores y a fin de salvaguardar el principio de seguridad jurídica”.

Así lo acuerda, manda y firma Juan Manuel González Martínez, Juez de Refuerzo del Juzgado de Primera Instancia nº 2 bis de Cádiz.

Evitar situaciones de difícil reparación

“Sin duda, lo prudente visto lo visto es suspender la tramitación de los IRPH hasta que Europa diga lo que tenga que decir, lo contrario, continuar tramitándolo, sería provocar situaciones de imposible o muy difícil reparación. Por ejemplo, que muchas resoluciones sobre IRPH devinieran firmes y luego, si Europa dice otra cosa, todas estas familias no podrían ya reclamar su IRPH”, advierte José Luis Ortiz Miranda, socio director del Bufete Ortiz Abogados.

“En breve está previsto que se pronuncie el Abogado General sobre estas dos cuestiones sometidas al IRPH, y ya tendremos alguna pista sobre lo que va a pasar. Mientras tanto, esperan ansiosas más de un millón de familias que sufren el IRPH en sus hipotecas porque este es un pleito masivo como las cláusulas suelo”, concluye el letrado.

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