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Derecho Laboral

Es discriminatorio que los profesores interinos no cobren los días previos al inicio del periodo lectivo si lo hacen los fijos

El Tribunal Supremo ha confirmado que los días que los profesores interinos esperan su nombramiento también han de ser remunerados

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Derecho Laboral

Es discriminatorio que los profesores interinos no cobren los días previos al inicio del periodo lectivo si lo hacen los fijos

El Tribunal Supremo ha confirmado que los días que los profesores interinos esperan su nombramiento también han de ser remunerados

(Foto: E&J)



El Tribunal Supremo emite sentencia fallando que, es constitutivo de discriminación que los docentes interinos no perciban una remuneración económica por los días comprendidos entre el inicio del curso escolar y el inicio del periodo lectivo cuando los docentes fijos sí que están cobrando por ese periodo de tiempo.

La Sala del Alto Tribunal ha razonado que el nombramiento de los funcionarios docentes interinos de los Cuerpos Docentes no universitarios al inicio del periodo lectivo del curso escolar, basado solo en la causa de que las funciones docentes que están llamados a desempeñar se desarrollan desde el inicio del periodo lectivo y no desde el comienzo del curso escolar, comporta un trato desigual no justificado con respecto a los funcionarios docentes fijos o de carrera.



La docente afectada trabajaba como interina para el servicio de la Administración autonómica de Extremadura y presentó ante tal organismo una solicitud reclamando las cantidades dejadas de percibir en los cursos escolares desde 2014-2015 hasta 2017-2018, ambos inclusive,

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