La mera aparición de una enfermedad durante la jornada laboral no basta para calificar la contingencia como profesional: es necesario acreditar el nexo causal con la actividad desempeñada
¿Enfermedad común o accidente de trabajo?
(Imagen: E&J)
La mera aparición de una enfermedad durante la jornada laboral no basta para calificar la contingencia como profesional: es necesario acreditar el nexo causal con la actividad desempeñada
¿Enfermedad común o accidente de trabajo?
(Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha vuelto a poner el foco sobre una cuestión que con frecuencia genera controversia en el ámbito de la Seguridad Social: cuándo una enfermedad puede calificarse como accidente de trabajo.
La sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) analiza el caso de un trabajador que inició un proceso de incapacidad temporal (IT) por un cuadro de asma bronquial y solicitó que la contingencia fuera considerada profesional, pretensión que finalmente es rechazada por la Sala al no haberse acreditado que existiera una relación directa entre la enfermedad y la actividad laboral.
El Tribunal recuerda que el sistema español distingue claramente entre enfermedad común y accidente de trabajo y que esa diferencia no puede basarse únicamente en el momento en el que aparecen los síntomas.
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