La prohibición de pilotar aviones a pilotos mayores de 65 años no es discriminatoria
La prohibición de pilotar aviones a pilotos mayores de 65 años no es discriminatoria
El TJUE, ha establecido en una reciente sentencia que no es discriminatorio establecer la restricción de pilotar aviones a pilotos que hayan superado los 65 años.
Así pues, a pesar de que el límite de edad controvertido establece una diferencia de trato por razón de la edad, no obstante, la misma está justificada en virtud del objetivo de garantizar la seguridad de la navegación aérea.
En este sentido, dicho límite únicamente se aplica al transporte aéreo comercial cuando se transporten pasajeros, correo o carga, no así si su intervención como piloto en vuelos lo es en vacío o de traslado, todo ello en el marco de la actividad comercial de una compañía aérea.
En cualquier caso, no afecta a dicho límite el ejercicio de funciones de instructor/examinador a bordo de una aeronave, siempre y cuando no forme parte de la tripulación de vuelo. Por todo ello, desde la perspectiva de la libertad profesional, se declara que el límite de edad, a pesar de ser una medida restrictiva, no vulnera el principio de proporcionalidad.
Suscríbete a nuestra
NEWSLETTER
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal : 70395712
Garzón, quien fue expulsado de la carrera judicial por el TS, analiza sin el menor rubor el ‘lawfare’ en la Universidad de La Laguna
Ver la noticia completa →
Condenada a pagar las costas por demandar a la entidad financiera a pesar de que ésta había aceptado la reclamación extrajudicial
Ver la noticia completa →

