Los ciudadanos pueden acudir a la vía contencioso-administrativa si Hacienda tarda en resolver
El Tribunal Supremo enmienda una decisión de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso de un ciudadano
Ministerio de Hacienda y Función Pública (Foto: Wikipedia)
Los ciudadanos pueden acudir a la vía contencioso-administrativa si Hacienda tarda en resolver
El Tribunal Supremo enmienda una decisión de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso de un ciudadano
Ministerio de Hacienda y Función Pública (Foto: Wikipedia)
Cuando la Administración Tributaria no contesta a la solicitud de devolución de tributos por parte de un ciudadano, éste tiene derecho a solicitar esa devolución a través de recurso contencioso-administrativo. Así se ha pronunciado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que ha resuelto un recurso de casación interpuesto por un ciudadano a quien se practicó una retención que no tenía que haber pagado.
El caso se refiere a un ciudadano que tienen su residencia en Francia y que ganó un premio de la lotería en España. En virtud de la Disposición Adicional Quinta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), le fue practicada la correspondiente retención. Sin embargo, y en aplicación del Convenio de Doble Imposición entre Francia y España, esas rentas solo son objeto de tributo en el país de residencia del administrado, en este caso Francia.
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