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Jurisprudencia

Los pasajeros deben ser compensados cuando no sean avisados con una antelación mínima de la cancelación de su vuelo

(Foto: E&J)

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Jurisprudencia

Los pasajeros deben ser compensados cuando no sean avisados con una antelación mínima de la cancelación de su vuelo

(Foto: E&J)



En una reciente sentencia, se ha establecido que deben ser compensados los pasajeros cuando no sean avisados con una antelación mínima de la cancelación de su vuelo.

En relación al caso planteado, se determina que la compañía aérea que no consiga probar que el pasajero fue informado de la cancelación de su vuelo con más de dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista está obligado a pagarle una compensación.



En este sentido, esto no solo debe aplicarse cuando el contrato de transporte ha sido concluido directamente entre el pasajero y la compañía aerea, sino también cuando ese contrato se ha celebrado por intermediación de un tercero, como una agencia de viajes que opera en Internet

Por ello, incluso cuando el transportista informó de esta cancelación, al menos dos semanas antes de tal hora, a la agencia de viajes a través de la cual se había concluido el contrato de transporte con el pasajero en cuestión pero esta agencia no informó a dicho pasajero dentro del plazo antes mencionado, también deberá compensar al pasajero.



Sin embargo, en caso de que esto suceda, la compañía tendrá derecho a reclamar una compensación a cualquier intermediario al que pueda achacarse el incumplimiento de esta obligación.



 
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal 70379026

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