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Jurisprudencia

Manifestarse en una iglesia durante una misa constituye un delito contra la libertad religiosa

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Manifestarse en una iglesia durante una misa constituye un delito contra la libertad religiosa



En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 5 personas que se manifestaron en una iglesia, condenándolas como autoras de un delito contra la libertad religiosa.

Con relación al caso enjuiciado, la Ley exige para la comisión del delito contra la libertad religiosa que se actué con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, de manera que el impedimento, la interrupción o la perturbación ocasionada de cualquier otra forma no serían delictivos.



Asimismo, la doctrina exige que cualquiera de esos resultados presente cierta relevancia, teniendo en cuenta el tiempo de duración la forma en la que se ha causado y la forma en la que cesó.

En el caso enjuiciado hubo unos diez minutos de interrupción de una ceremonia propia y característica del culto católico en un día de precepto, con tumulto que no abandonaron el lugar hasta que fueron desalojados. Según ha quedado acreditado, un grupo de personas avanzaron en tropel por el pasillo hasta aproximadamente la mitad del templo, gritando al unísono y repetidamente «aborto libre y gratuito» y «fuera los rosarios de nuestros ovarios”, desplegando una pancarta con esos lemas y otros símbolos.



El personal de la iglesia y los feligreses formaron una barrera y extendiendo los brazos y las manos, consiguieron hacer retroceder hasta la salida al grupo, que continuó gritando sus consignas.



Por todo ello, el Alto Tribunal considera acreditado que el ánimo de los acusados estaba en “impedir, interrumpir o perturbar de forma claramente perceptible para todo el acto religioso que sabían que se celebraba a esa hora en esa iglesia, y basta con que el sujeto tenga conciencia de una alta probabilidad de antijuridicidad, sin que sea exigible la seguridad absoluta de que su proceder es ilícito.

Así pues, aunque su protesta, en sí misma es legítima, se ejecutó de tal forma que queda privada de toda legitimidad.

Los manifestantes tenían el derecho de expresar libremente su opinión, y de manifestarse para ello, dentro de los límites legales”, pero ello no les autorizaba a hacerlo de forma que, “actuando en el interior del lugar destinado al culto, suprimieran un derecho fundamental de los demás, como el de libertad de culto.

 

Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal: 70429055

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