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Derecho Civil

Perdió su coche y esperó 16 meses: cuando dos aseguradoras no resuelven, así decide la Audiencia

Una conductora de Rubí pagó dos alquileres para ir a trabajar mientras las compañías discutían y la Audiencia de Tarragona dice quién carga con ese gasto

(Imagen: E&J)

Pablo Javier Deheza

Periodista y redactor E&J




Tiempo de lectura: 4 min

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Derecho Civil

Perdió su coche y esperó 16 meses: cuando dos aseguradoras no resuelven, así decide la Audiencia

Una conductora de Rubí pagó dos alquileres para ir a trabajar mientras las compañías discutían y la Audiencia de Tarragona dice quién carga con ese gasto

(Imagen: E&J)

Una conductora de Rubí (Barcelona) tuvo un accidente en Masdenverge (Tarragona) el 20 de agosto de 2022. Su Peugeot 206 fue declarado siniestro total y la aseguradora del coche contrario tardó más de 16 meses en hacerle una oferta. Entretanto, ella pagó de su bolsillo dos alquileres para ir a trabajar. La Audiencia Provincial de Tarragona, en su sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), le da la razón casi en todo: la aseguradora recurrió y solo logró rebajar 50 euros de una condena de 3.496,24 euros.

El vehículo causante del siniestro estaba asegurado en Allianz Direct SPA, de Rumanía, representada en España por Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros. La conductora, asegurada en Helvetia, comunicó el siniestro el 22 de agosto de 2022, dos días después del choque. Pasaron los meses sin respuesta. Presentó una queja ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Rubí en enero de 2023 y una reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en junio.

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La oferta motivada de Allianz llegó el 2 de enero de 2024. La aseguradora atribuyó la demora a Helvetia, pero la Sala no lo admite. No se acreditó el envío de dos de las cartas en que Allianz apoyaba su tesis y, aun suponiéndolas enviadas, todas llegaron tarde, con el perjuicio del alquiler ya consumado. Tampoco precisó cuándo recibió el informe de siniestro total ni cuándo conoció el siniestro, y nada le impedía comprobar de inmediato el estado del coche sin esperar a la otra aseguradora.

Mesa jurídica de oficina con llaves de automóvil y documentos sobre un caso de seguro de tráfico

(Imagen: E&J)

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La presunción que decide el caso

La sentencia, de la Sección 3ª y con ponencia de Luis Rivera Artieda, reitera la doctrina de la Sala: quien se queda sin coche por un siniestro no tiene que probar la necesidad concreta de un vehículo de sustitución. Se presume, iuris tantum (admite prueba en contrario), porque es un bien de uso cotidiano, no solo para trabajar, también para la vida familiar y de ocio. Corresponde a la aseguradora acreditar que el alquiler fue «absolutamente innecesario, fraudulento o abusivo», y Allianz no lo hizo.

Aun así, la conductora aportó material de sobra: un contrato de trabajo en Ripollet, de lunes a viernes de 8.00 a 15.30 horas, vigente desde el 29 de agosto de 2022 hasta junio de 2023; su domicilio en Rubí; y reclamaciones previas en las que decía que seguía pagando un alquiler porque lo necesitaba para trabajar.

¿Y por qué no fue en tren?

Allianz alegó que existía transporte ferroviario entre Rubí y Ripollet. La Sala lo rechaza con cifras: según la documentación de la propia actora, el tren tarda entre una hora y nueve minutos y una hora y veinticinco minutos, frente a unos 21 minutos en coche. Añade el trayecto hasta cada estación y los retrasos habituales, y concluye que es «manifiestamente inexigible» que la perjudicada cambie sus horarios y pierda descanso por la demora de un siniestro.

El segundo alquiler, de 1.125 euros (225 al mes durante cinco meses), fue de un Lancia Ypsilon de un particular, que certificó el contrato por escrito y declaró haber cobrado por Bizum. Allianz impugnó el valor probatorio del documento, pero no su autenticidad, por lo que conservó la eficacia que le atribuye el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Tampoco propuso que declarase el arrendador. Que no sea una empresa, que no haya factura o que se pagara por Bizum, dice la Audiencia, «no excluye la indemnización»: no se juzga la regularidad fiscal, sino que se devengó un coste real.

(Imagen: E&J)

El detalle en las costas

La Audiencia sí da la razón a Allianz en un punto. El juzgado de Amposta había concedido 1.400 euros por la pérdida del coche, pero debía descontar 50 euros del valor de los restos, porque la dueña decidió quedarse con el vehículo. La indemnización queda en 1.350 euros. Sumados 971,24 euros por el primer alquiler (del 20 al 23 de agosto de 2022) y 1.125 euros por el segundo, resultan 3.446,24 euros, más los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

Allianz ganó poco frente a lo que mantiene. La Sala confirma la condena en costas de primera instancia, porque la rebaja no llega al 12% de lo reclamado. Aplica el criterio de la Junta de Magistrados civiles de Tarragona de 27 de octubre de 2011: hay estimación sustancial cuando se concede al menos el 88% de lo pedido. Con las cifras de la sentencia, aquí se concedió más del 98%. Las costas de la apelación no se imponen a ninguna de las partes, por el artículo 398.2 de la LEC en su redacción anterior al Real Decreto-ley 6/2023. Contra la sentencia no cabe recurso.

 

Qué conviene recordar

El caso deja una lista práctica de lo que sirvió a la conductora: el contrato y el horario de trabajo, la distancia entre domicilio y centro laboral, las reclamaciones presentadas a tiempo ante organismos públicos, el certificado o la factura del alquiler y la fecha en que comunicó el siniestro. Con ello, la carga de probar que el alquiler era abusivo recayó en la aseguradora. Eso sí, la sentencia se apoya en estas pruebas concretas y en una demora que la Sala considera injustificada: no es un cheque en blanco para cualquier alquiler.

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