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Jurisprudencia

Salen de prisión los padres que encerraron a sus hijos durante tres años

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias descarta el maltrato psicológico y reduce la condena a seis meses por abandono de familia al apreciar una 'sobreprotección mal entendida' originada por la pandemia

Casa de campo en mal estado

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 2 min

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Salen de prisión los padres que encerraron a sus hijos durante tres años

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias descarta el maltrato psicológico y reduce la condena a seis meses por abandono de familia al apreciar una 'sobreprotección mal entendida' originada por la pandemia

Casa de campo en mal estado

(Imagen: E&J)

Según informó la oficina de prensa del Poder Judicial el 14 de julio de 2026, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por los padres que mantuvieron confinados a sus tres hijos menores en un chalé en las afueras de Oviedo durante más de tres años, absolviéndoles del delito de maltrato psicológico por el que habían sido condenados en primera instancia.

No obstante, el tribunal ha confirmado la condena a seis meses de prisión para cada uno de los progenitores por un delito de abandono de familia. La Sala ya ha ordenado la notificación de la sentencia al centro penitenciario para que los padres salgan de prisión.

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La sentencia entiende que en la conducta de los progenitores acusados no existió una voluntad de infligir un trato degradante o humillante hacia los menores, sino que el extremo aislamiento respondió a una «sobreprotección mal entendida» originada inicialmente por el miedo al contagio de la covid-19 y, posteriormente, por el temor a que los servicios sociales les retiraran la custodia por no tener a los niños empadronados ni escolarizados.

El delito de abandono de familia se mantiene al entender el tribunal que los progenitores incurrieron en un incumplimiento «flagrante e injustificado» de los deberes inherentes a la patria potestad, privando gravemente a sus hijos del derecho a la educación y a la necesaria socialización.

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Mazo de juez y membrete de TSJ de Asturias en un documento

(Imagen: E&J)

Conviene recordar que, cuando intervino la Policía Local y  Servicios Sociales, encontraron una vivienda con deficientes condiciones de limpieza y un notable desorden. Debido a sus condiciones de vida, los menores presentaban problemas de control de esfínteres por el uso prolongado de pañales, extrañaban pisar la hierba y, en la actualidad, tienen reconocido un grado de discapacidad del 35% por trastorno del desarrollo psicológico.

Esta resolución no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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