Seis meses de prisión y una multa superior a 1.000 euros por presentar en el trabajo un parte de baja médico falso
Confeccionó un comunicado falso de IT para alagar la baja y justificar su ausencia laboral
 
                                                                                                                                                                                                        
                                                                                                    
                                                                                                    
																									
																																																			(Imagen: E&J)
Seis meses de prisión y una multa superior a 1.000 euros por presentar en el trabajo un parte de baja médico falso
Confeccionó un comunicado falso de IT para alagar la baja y justificar su ausencia laboral
 
																																				
																		
																		
																																					(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo condena a un ciudadano a seis meses de prisión y una multa de más de 1.000 euros por haber cometido un delito de falsedad en documento oficial al haber confeccionado un parte de baja médico por incapacidad temporal falso y presentarlo ante su empleadora con el objetivo de justificar su ausencia al trabajo sin perder el sueldo correspondiente.
La sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) llega a raíz de que un trabajador acudiera un día de junio al Centro de Atención Primaria (CAP) por padecer gastroenteritis. El médico le emitió un parte real de baja/alta de incapacidad temporal (IT) para ese día, el cual fue remitido por el actor a su empleadora ese mismo día por correo electrónico.
Sin embargo, al día siguiente, el trabajador decidió no ir a trabajar y alargar la baja médica del día anterior para justificar su ausencia y poder cobrar la parte del sueldo correspondiente a la baja de ese día en la nómina mensual correspondiente. Para ello, el actor aprovechó el comunicado real del día anterior para confeccionar un comunicado falso de baja/alta por IT por enfermedad común del CAP en el que hizo constar que “no había habido recaída”, remitiendo el mismo a la empresa por correo electrónico. Al darse cuenta que había cometido un error en el comunicado falso enviado, confeccionó uno nuevo de las mismas características pero en el que constaba que “sí que había habido recaída” y que la baja se había prolongado dos días, remitiendo el mismo nuevamente a la empresa días más tarde también por vía correo electrónico.

(Imagen: E&J)
Por estos hechos, el Juzgado de lo Penal número 3 de Granollers condenó al trabajador como autor responsable de un delito de falsedad en documento oficial a la pena de 6 meses de prisión y a la pena de seis meses de multa con cuotas diarias de 6 euros. Asimismo, el actor fue condenado como autor de un delito leve de estafa a la pena de un mes de multa con cuotas diarias de 6 euros.
El acusado recurrió en apelación la sentencia del Juzgado, recurso que fue estimado por la Audiencia Provincial de Barcelona y, en consecuencia, dejó sin efecto la resolución recurrida y absolvió al actor de los delitos que se le imputaban. La decisión del tribunal provincial se fundamentó en que la remisión vía telemática de un parte de baja, en base a un parte anterior realmente existente, en el que se modificó la fecha para justificar una inasistencia al puesto de trabajo, no puede considerarse un delito de falsedad en documento oficial por cuanto lo que el actor remitió fue una copia escaneada, la cual podía haberse elaboradora de dos maneras: modificando el documento original (en cuyo caso sí cabe apreciar delito de falsedad en documento oficial) o haciendo una fotocopia del documento original y alterando dicha fotocopia (en cuyo caso no habría delito de falsedad en documento oficial, sino de documento privado).
La Audiencia Provincial de Barcelona considero que, al no poder determinar qué método siguió el acusado a la hora de elaborar el falso parte de aba escaneado, “en su beneficio hay que presumir que siguió el segundo método”.

(Imagen: E&J)
El parte de baja médica falso es un documento oficial por destino
El Ministerio Fiscal, en desacuerdo con el criterio alcanzado por la Audiencia Provincial de Barcelona, recurrió en casación la sentencia dictada por dicho tribunal alegando indebida inaplicación del artículo 390.1º 1, 2 y 3 del Código Penal.
El Ministerio defendía que el acusado había utilizado una reproducción creada por ordenador para simular un documento auténtico consistente en una baja médica, con el único objetivo de justificar frente a la empresa y la Seguridad Social una ausencia injustificada al puesto de trabajo, “teniendo este documento así, simulado, la naturaleza del documento que se pretende simular”.
A juicio del Ministerio Público, ese documento creado telemáticamente (parte de baja falso) es un documento oficial por crear una baja médica falsa dada por un médico de la Seguridad Social, por lo que la interpretación de la Audiencia Provincial, que considera la baja falsa un documento de naturaleza privada, “no es admisible”, ya que aun aceptando que la falsa baja fuera un documento privado, su creación y destinado tenía como único fin ser incorporada a un expediente administrativo de la Seguridad Social a través de la empleadora del actor, por lo que, “por destino, tendría también la consideración de documento oficial”.
Es decir, aun aceptado que el parte de baja médica falso es un documento privado, el mismo debe tener la consideración de documento oficial por destino por cuanto fue creado por un particular (en este caso, el trabajador) con la única finalidad de ser presentado ante una entidad pública (en este caso, la administración de la Seguridad Social) para que surgiera efectos en el ámbito oficial (en este caso, cobrar la parte del sueldo correspondiente). Por todo ello, como el propósito de ese documento era engañar a la administración pública, el mismo debe adquirir la consideración penal de documento público.

(Imagen: E&J)
Presentar un parte falso de baja médica constituye un delito de falsedad en documento oficial
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, por su parte, ha fallado a favor del Ministerio Fiscal, estimando el recurso de casación interpuesto y, en consecuencia, confirmando la condena al acusado como autor responsable de un delito de falsedad en documento oficial (artículo 392.2 del Código Penal).
“Hay que tener en cuenta que los partes de baja y alta en la Seguridad Social, aunque el envío de los mismos sea de forma telemática, integra un documento oficial, generado administrativamente”, señalan los magistrados.
En este sentido, la Sala señala que es intrascendente el medio empleado para remitir el falso parte de baja médica, es decir, la distinción que hace la Audiencia Provincial sobre si lo que se remite telemáticamente es una copia escaneada y la manera en que se ha podido elaborar dicha copia, “resulta intrascendente” ya que “cuando mediante una fotocopia se simula un documento oficial, la falsedad (…) habrá de referirse a la clase de documento simulado, por lo que da igual la forma en que se llevó a cabo la modificación del documento original, se utiliza una fotocopia o reproducción fotográfica para simular la autenticidad de un documento, y disimular la falsedad, la naturaleza a efectos de la tipificación es la del documento que se pretende simular, no la del medio empleado, pues lo que se falsifica no es la fotocopia —mero instrumento—, sino el propio documento que se pretende simular”, afirman los magistrados.
Por tanto, “en los casos en que partiendo de un modelo original, se confecciona otro con propósito y finalidad de hacerlo pasar como si del verdadero documento oficial o mercantil se tratase, no se trata de una fotocopia que se quiere hacer como que responde al original, sino de crear un documento íntegramente falso para hacerlo pasar por uno original”, sentencia el Tribunal Supremo.
 
                                                                                                                
                                                                                                                                                                                                                     
										 
                                                                                                                             
                                                                                                                



 
																											 
																											
