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Jurisprudencia

Si se invoca principios generales en la casación tienen que tener conexión con normas que estén en conflicto

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Jurisprudencia

Si se invoca principios generales en la casación tienen que tener conexión con normas que estén en conflicto



Se impugna un Orden de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía en la que se convocaba un concurso público para adjudicar oficinas de farmacia. Durante el proceso judicial, ninguna instancia alegó el artículo 2.2. de la Ley de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia.

Dicho artículo desarrolla la planificación de las oficinas de farmacia, estableciendo que se tendrá en cuenta «la densidad demográfica, características geográficas y dispersión de la población, con vistas a garantizar la accesibilidad y calidad en el servicio, y la suficiencia en el suministro de medicamentos, según las necesidades sanitarias en cada territorio», efectuándose por módulos de población y distancias entre oficinas de farmacia.



Al tratarse de la legislación autonómica, en este caso, de Andalucía; la Sala recuerda que «no hacen recurribles en casación a aquellos supuestos de aplicación normativa local o autonómica en los que la infracción constitucional alegada es meramente accesoria o los preceptos estatales supletorios no han sido aplicados o no han sido relevantes para el fallo». En este caso, se versa sobre los tres artículos de una ley autonómica (de Andalucía): Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.

La Sala considera que «no es suficiente» la invocación de principios generales cuando la sentencia de primera instancia ha aplicado el derecho autonómica y no hay conexión con normas estatales o europeas que desarrollen un conflicto.





Puede leer el texto completo de la sentencia www.globaleconomistjurist.com Marginal:  70859507

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