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Jurisprudencia

Un abogado es condenado a pagar 30.500€ por estafar a un cliente y a sus familiares

Pese a no ser cierto, el letrado llegó a reconocer a los familiares de su cliente que había logrado que lo indultasen

(Foto: Depositphotos)

Tiempo de lectura: 5 min



Jurisprudencia

Un abogado es condenado a pagar 30.500€ por estafar a un cliente y a sus familiares

Pese a no ser cierto, el letrado llegó a reconocer a los familiares de su cliente que había logrado que lo indultasen

(Foto: Depositphotos)



La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión para el abogado alicantino que estafó 30.500 euros a un cliente y a sus familiares.

El letrado prometió a los familiares de su cliente que, a través del pago de diversas cantidades de dinero, el condenado saldría de prisión

La sentencia, de 16 de febrero de 2022, advierte que ni siquiera consta en las actuaciones un escrito en el que el abogado condenado solicite la libertad de su cliente.



Ponemos en contexto

En septiembre de 2011, la Audiencia Provincial de Alicante condenó al cliente, por un delito de estafa, a la pena de un año y seis meses de prisión.

Consecuencia de lo anterior, en abril de 2013, el condenado encomendó su defensa y asistencia letrada al abogado alicantino, quien, pese a sus conocimientos como letrado ejerciente, comunicó a su cliente (que se hallaba en situación de busca y captura) y a los familiares de este, que debían abonarle la cantidad de 7.500 euros para evitar su entrada en prisión.



El letrado les indicó que, con dicha cantidad, haría frente a una serie de pagos, tales como a “Jueces-Juzgado, Fiscales-Fiscalía”, sin concretar el concepto exacto de los mismos.



Así pues, bajo el único fin de evitar el ingreso en prisión, los familiares del condenado terminaron abonado la cantidad solicitada.

No suficiente con ello, después de que el hombre fuese detenido, el abogado manifestó a los familiares que no existía ningún motivo de preocupación, que él evitaría el ingreso en prisión y que debía de comparecer en el Juzgado de Instrucción, asistir al detenido y abonar 3.000 euros para obtener la libertad del mismo.

Audiencia Provincial de Alicante. (Foto: Manuel Lorenzo/El Mundo)

Dicho pago se efectuó de forma inmediata por los familiares de la víctima, en la absoluta creencia de que con el mismo el detenido obtendría la libertad y no entraría en prisión.

A pesar de lo anterior, el hombre terminó ingresando en prisión. Eso sí, el abogado solicitó el abono de otros 20.000 euros para hacer frente a una serie de pagos a “Jueces-Juzgado, Fiscales-Fiscalía, Secretarios”, sin concretar ni detallar el concepto de los mismos.  Según el letrado, con el abono de tal cuantía se estaría garantizando que el encarcelado obtendría la libertad en el plazo de una semana.

Como en las otras ocasiones, los familiares volvieron a confiar en el abogado y pagaron tal cantidad peticionada.

El abogado llegó a confesar que había conseguido un indulto y que le sustituyeran la pena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad

Tras el paso de las semanas y perseverar en continuas promesas de que el encarcelado saldría de forma inminente de prisión, los familiares de este último se personaron en sede judicial y fueron informados de que las manifestaciones vertidas por el letrado no eran ciertas y que el mismo había renunciado y cesado en la defensa y asistencia en fechas anteriores.

Por último, como era de esperar, cabe anunciar que la víctima terminó cumpliendo íntegramente la pena de prisión impuesta.

El abogado es condenado por estafa

En primer término, la AP de Alicante condenó al abogado como autor responsable de un delito de estafa, a la pena de dos años de prisión y multa de siete meses a razón de una cuota diaria de seis euros.

Además, la Audiencia de instancia condenó al letrado alicantino a indemnizar a uno de los familiares de la víctima en la cantidad de 7.500 euros y a su antiguo cliente en la cifra de 23.000 euros, en concepto de responsabilidad civil.

Se impuso al letrado la inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión durante el tiempo de la condena

En segundo lugar, a pesar de que la representación legal del abogado recurrió en apelación, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desestimó el recurso y confirmó la sentencia dictada.

No conforme con ello, el letrado recurrió en casación bajo cinco motivos de recurso.

Tribunal Supremo: el abogado manipuló y engañó a sus víctimas

Ahora, la Sala de lo Penal del TS desestima el recurso de casación formulado y confirma la resolución dictada por el TSJ de la Comunidad Valenciana.

Entre otros argumentos, la Sala Segunda destaca la parte del testimonio de uno de los familiares que, viendo que transcurría el tiempo y no se lograba la prometida libertad del condenado, consultó con otros seis abogados y todos ellos le reconocieron que lo que les refería el letrado, ahora condenado por estafa, “no era posible” y les animaban a denunciar tal circunstancia ante el Colegio de Abogados.

«Ha mostrado esa ausencia de escrúpulos y de ética en el ejercicio de una profesión tan digna y esencial para el sistema de libertades como la abogacía». (Foto: Reviewbox)

El Alto Tribunal, al hilo de lo que señaló el propio TSJ en su sentencia, también llama la atención que “ni siquiera existe en las actuaciones escrito alguno solicitando la libertad” de su cliente.

Las cantidades entregadas resultaban ser totalmente desorbitadas atendiendo a las actuaciones llevadas a cabo por el acusado

Por otro lado, en el recurso se trata de convencer a la Sala Segunda de que las cantidades que las víctimas iban entregando al letrado condenado obedecieron a una actividad profesional cierta de este último. Sin embargo, como ya se expusiese en la sentencia de instancia, la realidad no fue esa, por cuanto toda esa actividad profesional se desarrolló en una limitada y determinada ejecutoria y las cantidades entregadas “resultan totalmente desorbitadas atendiendo a las actuaciones llevadas a cabo por el acusado” en la aludida fase ejecutoria.

Repitiendo lo ya verificado en la sentencia de apelación, la Sala Segunda corrobora que “la manipulación fue determinante en la entrega del dinero que específicamente cursaron los perjudicados para ese fin (la obtención de la libertad), y el engaño se muestra subjetivamente adecuado en un contexto de confianza con su letrado”.

Por último, respecto a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la abogacía, el Supremo califica de “acertadas” las palabras del Ministerio Fiscal que, en oposición a la pretensión de supresión de dicha pena, dijo: “Es una pena impuesta por la ley, perfectamente aplicable al caso concreto, y frente a la cual las invocaciones al derecho al trabajo no pueden prevalecer, ya que lo que se prohíbe es que quien ha mostrado esa ausencia de escrúpulos y de ética en el ejercicio de una profesión tan digna y esencial para el sistema de libertades como la abogacía, no pueda ejercerla durante el tiempo de la condena”.

Así las cosas, el abogado es condenado a pagar a su antiguo cliente y a sus familiares la cifra total de 30.500 euros y, al ser desestimado íntegramente el recurso de casación, el mismo tendrá que abonar las costas ocasionadas, incluidas las de la acusación particular.

2 Comentarios
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Anonymous
2 años atrás

si es de oficio se hace cargo la abogacia del estado

Nombre
antonio
Suscriptor E&J2(@otrousername)
2 años atrás

yo tendre que denunciar a Alcina de la fuente del maestre y la de Plasencia por ser de oficio la abogacía de oficio quien se hace cargo

Nombre
Антонио Саламанка Гарсия

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