Un «pantallazo» no es suficiente para acreditar el pago de una cantidad dineraria
La AP de Madrid razona que, impugnado el documento, y sin ningún otro elemento probatorio del que deducir el desembolso, “no puede tenerse por acreditado el pago”
(Foto: E&J)
Un «pantallazo» no es suficiente para acreditar el pago de una cantidad dineraria
La AP de Madrid razona que, impugnado el documento, y sin ningún otro elemento probatorio del que deducir el desembolso, “no puede tenerse por acreditado el pago”
(Foto: E&J)
La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado que no es suficiente para acreditar el pago de una indemnización a un asegurado el «pantallazo» aportado por la compañía aseguradora.
La sentencia, de 11 de noviembre de 2022, da la razón al asegurado y le absuelve de abonar a la entidad aseguradora más de 3.000 euros.
...
Garzón, quien fue expulsado de la carrera judicial por el TS, analiza sin el menor rubor el ‘lawfare’ en la Universidad de La Laguna
Ver la noticia completa →
Condenada a pagar las costas por demandar a la entidad financiera a pesar de que ésta había aceptado la reclamación extrajudicial
Ver la noticia completa →




